Orden de 9 de febrero de 2011, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que, a propuesta de la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad, se acuerda agrupar los montes “Cabezo del Sordo” y “Solana de la Peña del Águila”, números 180 y 179, respectivamente, del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Murcia, sito en el término municipal de Lorca.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Agricultura y Agua
Rango de LeyOrden

Antecedentes:

Primero.- Con fecha 28 de Diciembre de 2010, la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad, resuelve, a modo de propuesta, sobre la agrupación de los montes “Cabezo del Sordo” y “Solana de la Peña del Águila”, números 180 y 179, respectivamente, del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Murcia, sitos en el término municipal de Lorca.

Segundo.- A la referida propuesta precede el expediente iniciado a instancia del expresado Centro Directivo, redactándose, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente en la materia, la correspondiente memoria expresiva de las circunstancias que justifican la agrupación, antes referida.

Tercero.- El Monte público denominado “Cabezo del Sordo”, fue adquirido por el Patrimonio Forestal del Estado, mediante Escritura Pública de Compraventa otorgada el día 18 de Noviembre de 1972, ante el Notario de Murcia don Blas Serrano Pérez.

Cuarto.- El Monte público denominado “Solana de la Peña del Águila”, fue adquirido por el Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza, mediante Escritura de Compraventa otorgada el día 2 de Noviembre de 1972, ante el Notario de Murcia Don Santiago Morán Martínez.

Quinto.- Por Orden Ministerial de 2 de Diciembre de 1975, los Montes públicos “Cabezo del Sordo” y “Solana de la Peña del Águila”, antes citados, fueron declarados de Utilidad Pública e incluidos, con los número 180 y 179 respectivamente, en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Provincia de Murcia, aprobado por Real Decreto 3141/1975, de 31 de Octubre y publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 289, de 2 de Diciembre de 1975.

Sexto.- En virtud del Real Decreto 2102/1984, de 10 de Octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Región de Murcia en materia de Conservación de la Naturaleza (BOE nº 281 de 23 de Septiembre), los Montes catalogados números 180 y 179, antes mencionados, fueron trasferidos a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, siendo ésta la actual titular.

Séptimo.- Según resulta del Informe técnico emitido por el Servicio de Ordenación y Gestión de los Recursos Naturales, los Montes “Cabezo del Sordo” y “Solana de la Peña del Águila”, son colindantes entre sí y forman una unidad espacial y de gestión, por lo que se propone su agrupación, toda vez que el hecho de que en la actualidad sean montes distintos dificulta su gestión y produce un incremento de trabajos y gastos derivados de la necesidad de separar administrativamente los expedientes relacionados con ellos, circunstancia ésta que cobra especial relevancia en lo que afecta al procedimiento de deslinde y amojonamiento, resultando un tanto anómalo deslindar y amojonar separadamente montes colindantes entre sí, de la misma pertenencia y situados en el mismo término municipal.

Sexto.- Por tal motivo, el Servicio de Ordenación y Gestión de los Recursos Naturales de la Consejería de Agricultura y Agua, propone la rectificación del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Provincia de Murcia, con objeto de proceder a la agrupación de los Montes catalogados números 180 y 179, que bajo la denominación de “Cabezo del Sordo y Solana y Peña del Águila” pasarán a integrar el nuevo Monte catalogado nº 180.

Vistos.-La...

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