Orden de 30 de junio de 2014 por la que se aprueba el cambio de ubicación de las tres unidades de Segundo Ciclo de Educación Infantil, de la sede de El Jimenado del Colegio Rural Agrupado “Entretierras”, (código 30012070), Jimenado (Torre Pacheco).

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Universidades
Rango de LeyOrden

A la vista del expediente tramitado sobre el cambio de ubicación de las tres unidades de segundo ciclo de educación infantil, de la sede de El Jimenado del Colegio Rural Agrupado “Entretierras” (código 30012070), Avda. del Molino Nº 50, 30708 Jimenado (Torre Pacheco), resultan los siguientes antecedentes y fundamentos:

Antecedentes

Primero. Mediante comunicación interior n.º 114299, de fecha 17 de octubre de 2013, el Director del Colegio Rural Agrupado “Entretierras” (código 30012070), solicita el cambio de ubicación de las tres unidades de segundo ciclo de educación infantil, de la sede de El Jimenado del Colegio Rural Agrupado “Entretierras” (código 30012070), Avda. del Molino Nº 50, 30708 Jimenado (Torre Pacheco). La modificación consiste en trasladar de su ubicación actual, las tres unidades de segundo ciclo de educación infantil, al edificio denominado “Punto de Atención a la Infancia” (P.A.I.), de 585 m2, incluido en la finca con referencia catastral 2615901XG821F0001GD, cuya titularidad ostenta el Ayuntamiento de Torre Pacheco.

Segundo. Con fecha 13 de enero de 2014, tras la oportuna visita a las instalaciones, la Unidad Técnica de Centros Educativos emite informe en el que concluye que “las instalaciones del PAI en El Jimenado (…) reúnen todos los requisitos necesarios de espacios mínimos para su uso”, por lo que informa favorablemente para que las instalaciones sean utilizadas como aulas de Educación Infantil, por el Colegio Rural Agrupado “Entretierras”.

Tercero. Con fecha 25 de enero de 2014, se dicta Orden por el Secretario General de la Consejería de Sanidad y Política Social, por delegación del Consejero, por la que se “autoriza el cambio de actividad del Punto de Atención a la Infancia de “El Jimenado” (Torre Pacheco), para destinarlo a Centro de Educación de Segundo Ciclo de Infantil”.

Cuarto. Consta en el expediente documento expedido por el Ayuntamiento de Torre Pacheco, acreditativo de la cesión del uso del edificio referido, a la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, para destinarlo al segundo ciclo de educación infantil.

Quinto. Constan en el expediente informes favorables emitidos por el Servicio de Centros y por el Servicio Jurídico de la Consejería.

Fundamentos de derecho

Primero. La competencia para resolver el procedimiento la tiene atribuida el Consejero de Educación, Cultura y Universidades, de conformidad con lo establecido en el Decreto n.º 44/2014, de 14 de abril, del Consejo de Gobierno, por el...

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