Resolución de 11 de junio de 2013, del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se convocan ayudas para 2013 a empresas de la Región de Murcia, corporaciones locales y entidades sin fin de lucro, para colaborar en la financiación de la contratación y reinserción socio-laboral de personas con problemas de drogodependencia o patología dual, en fase de deshabituación.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorServicio Murciano de Salud
Rango de LeyResolución

El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia establece en su artículo 11.1. que corresponde a esta Comunidad Autónoma, en el marco de la legislación básica del Estado, el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de sanidad, higiene, ordenación farmacéutica y coordinación hospitalaria en general, incluida la de la Seguridad Social.

El Servicio Murciano de Salud, como organismo público adscrito a la Consejería de Sanidad y Política Social, ejerce las competencias de gestión y prestación de la asistencia sanitaria a la población, atribuidas por la Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia y por las disposiciones que la desarrollan y complementan.

La Ley 6/1997, de 22 de octubre, sobre «Drogas, para la prevención, asistencia e integración social», recoge entre sus objetivos generales, el de propiciar el desarrollo de programas específicos dirigidos a conseguir la integración social de drogodependientes.

Es intención del Servicio Murciano de Salud colaborar en su consecución mediante el otorgamiento de ayudas a entidades ubicadas en la Región de Murcia, que contraten a drogodependientes en proceso de deshabituación, y faciliten puestos de trabajo en aquellos casos en los que esto suponga una contribución importante para mejorar su proceso de integración social.

Para ello existe crédito suficiente en el PAIF de 2013 del Servicio Murciano de Salud para colaborar en la financiación de la contratación y reinserción socio-laboral de personas con problemas de drogodependencia o patología dual, en fase de deshabituación.

Por otro lado, las ayudas a que hace referencia la presente convocatoria en sus apartados 5.1 y 5.3 a), están cofinanciadas en un 80% por el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo 2007-2013 para la Región de Murcia. Así mismo estas ayudas están sujetas a lo dispuesto en el Reglamento 1998/2006 de la UE (Reglamento de Ayudas de Minimis).

Por Orden de 26 de junio de 2007 de la Consejería de Sanidad se han aprobado las bases que regulan estas ayudas en aplicación del artículo 13 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, BORM de fecha 19 de julio de 2007.

Por todo ello, y de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1, 16 y 17.2 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dicto la siguiente

Resolución

Primero.- Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2013, ayudas destinadas a Empresas, Corporaciones Locales y Entidades sin ánimo de lucro ubicadas en la Región de Murcia, con la finalidad de colaborar en la financiación de los gastos que se deriven de la contratación laboral de personas afectadas por problemas de drogadicción o patología dual, que se encuentren en tratamiento de deshabituación y en fase de clara recuperación social.

Las entidades subvencionadas apoyarán el proceso de integración social del drogodependiente contratado, colaborando con los servicios de tratamiento y seguimiento que tienen la responsabilidad del proceso del beneficiario.

La aceptación de la ayuda cofinanciada por el Fondo Social Europeo implicará la aceptación de su inclusión en la lista de beneficiarios que se hará pública, según establece el artículo 7 (CE) 1828/2006.

Las ayudas se concederán, mediante concurrencia competitiva, con cargo a los presupuestos del Servicio Murciano de Salud, para el ejercicio 2013.

Segundo.- Beneficiarios.

2.1.- Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:

2.1.1.- Las Empresas y Entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y con sede social o centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia, así como las Corporaciones Locales de esta Región y sus Organismos Autónomos, en los dos casos siguientes:

  1. Que se establezcan relaciones laborales, con alguna de las personas con problemas de drogadicción o patología dual, propuestas por las entidades que se mencionan en el punto 6 de la presente Resolución, mediante la formalización del correspondiente contrato de trabajo, en cualquiera de las modalidades reconocidas por la normativa laboral.

  2. Que prorroguen los contratos celebrados en el año anterior, al amparo de estas ayudas.

    2.1.2.- Las Empresas de Economía Social legalmente constituidas, con sede social o centro de trabajo en la Región de Murcia, en las que al menos el 60% de los trabajadores sean drogodependientes o con patología dual en proceso de deshabituación o exdrogodependientes.

    En el caso de presentar beneficios, éstos deberán destinarse, en su mayor parte, a incrementar la plantilla contratando nuevos drogodependientes, a inversiones o a la mejora de la calidad de los puestos de trabajo existentes.

    2.1.3.- Drogodependientes o con patología dual que pudieran incorporarse al mercado de laboral a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.

    2.2.- No podrán, por el contrario, ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades en que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18.11.2003), y en particular:

  3. Aquellas Entidades que hayan sido sancionadas por infracciones tipificadas como graves o muy graves, en la Ley 8/1988, de 7 de abril, de infracciones y sanciones en el orden social, durante los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria.

  4. Las Entidades que rescindan contratos indefinidos, con objeto de realizar estas contrataciones, a fin de acogerse a las subvenciones convocadas.

  5. No se podrán conceder estas subvenciones, cuando entre el trabajador y el empresario, o los altos cargos de la entidad, exista relación de parentesco, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive.

    Tercero.- Solicitud y documentación.

    3.1.- Empresas ubicadas en la Región de Murcia:

    Las solicitudes se ajustarán al modelo establecido en el Anexo 1, que estará publicada en la página web del Servicio Murciano de Salud en formato Word: murciasalud.es. Deberán estar suscritas por el representante legal de la empresa y se dirigirán al Director Gerente del Servicio Murciano de Salud.

    Junto a la solicitud se presentará, además, la siguiente documentación:

  6. Fotocopia compulsada del CIF de la entidad y de su número de inscripción de la Seguridad Social.

  7. Certificado de la entidad bancaria acreditativo de la titularidad del número de cuenta cliente de veinte dígitos en la que se ingresaría el importe de la ayuda.

  8. Declaración del representante legal de la empresa de no haber obtenido subvenciones con idéntica finalidad de otros organismos.

  9. Declaración Anual de Ayudas Públicas Sujetas Régimen Minimis. (Anexo III).

  10. Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

    3.2.- Corporaciones Locales:

    Las solicitudes, se ajustarán al modelo establecido en el Anexo 1, que estará publicada en la página web del Servicio Murciano de Salud en formato Word: murciasalud.es. Deberán estar suscritas por el representante legal de la entidad solicitante y se dirigirán al Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, adjuntando la siguiente documentación:

  11. Fotocopia compulsada del CIF de la entidad y de su número de inscripción de la Seguridad Social.

  12. Certificado de la entidad bancaria acreditativo de la titularidad del número de cuenta cliente de veinte dígitos en la que se ingresaría el importe de la ayuda.

  13. Certificación del Presidente de la corporación o entidad correspondiente de no haber recibido subvención con idéntica finalidad procedente de otros organismos.

  14. Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

    3.3.- Entidades sin ánimo de lucro:

    Las solicitudes se ajustarán al modelo establecido en el Anexo 1, que estará publicada en la página web del Servicio Murciano de Salud en formato Word: murciasalud.es. Deberán estar suscritas por el representante legal de la entidad y se dirigirán al Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, adjuntando la siguiente documentación:

  15. Copia de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR