Orden de 14 de marzo de 2013, de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se aprueban los modelos de comunicación de emplazamiento de máquinas auxiliares de apuestas, de comunicación de transacciones económicas realizadas con tarjetas electrónicas prepago o cualquier otra modalidad o soporte en locales de apuestas y de declaración de premios de apuestas superiores a 3.000 euros.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

El artículo 28 del Decreto 126/2012, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Apuestas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se modifican el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Catálogo de Juegos y Apuestas de la Región de Murcia, establece que la instalación de máquinas auxiliares de apuestas deberá ser previamente comunicada a la Dirección General competente en materia de juego, definiendo la comunicación de emplazamiento como el documento por el que se pone en conocimiento de la Dirección General competente en materia de juego la instalación de una máquina auxiliar de apuestas homologada y documentada y atribuyendo a la Consejería competente en materia de juego la aprobación del modelo de comunicación.

El artículo 44.2 del Decreto 126/2012, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Apuestas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se modifican el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Catálogo de Juegos y Apuestas de la Región de Murcia, establece que la Dirección General competente en materia de juego podrá autorizar la expedición de tarjetas electrónicas prepago o cualquier otra modalidad o soporte de transacción económica para su utilización exclusiva en locales de apuestas. Las empresas autorizadas para la organización y explotación de apuestas que utilicen esta modalidad de pago, estarán obligadas a informar trimestralmente a la Dirección General competente en materia de juego todas las transacciones económicas que se realicen utilizando estos medios de pago, siendo la Consejería competente en materia de Hacienda la encargada de establecer el formato de esta comunicación.

Por último, el artículo 44.5 del Decreto 126/2012, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Apuestas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se modifican el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Catálogo de Juegos y Apuestas de la Región de Murcia, dispone que las empresas autorizadas comunicarán mensualmente a la Dirección General competente en materia de juego la relación de premios abonados de importe superior a 3.000 euros atribuyendo a la Consejería competente en materia de Hacienda la aprobación del modelo de...

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