Orden relativa a la solicitud de “Aprobación del plan interior de contingencias por contaminación marina accidental” del “Puerto deportivo del Club Náutico Dos Mares” La Manga del Mar Menor, término municipal de Cartagena. N.º expediente PCP 18/2009 (PMUR 10).
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio |
Rango de Ley | Orden |
Visto el expediente PCP 18 / 2009 (PMUR 10) relativo a la solicitud de aprobación del “Plan Interior de Contingencias por Contaminación Marina Accidental del Puerto Deportivo del Club Náutico Dos Mares”, y en base a los siguientes
Antecedentes
PRIMERO: En fecha 18 de enero de 2007, el Club Náutico Dos Mares ha presentado para su aprobación ante la Dirección General de Transportes y Puertos, y a requerimiento de la misma, el “Plan Interior de Contingencias por Contaminación Marina Accidental del Puerto Deportivo del Club Náutico Dos Mares”, redactado en noviembre de 2006.
SEGUNDO: En fecha 23 de enero de 2007 se remite el referido plan a Capitanía Marítima, al objeto de que se emita informe al respecto.
TERCERO: El 14 de febrero de 2007 tiene entrada en la entonces Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes informe favorable de Capitanía Marítima en Cartagena, del Ministerio de Fomento.
CUARTO: En fecha 13 de octubre de 2009 se emite informe por los servicios técnicos de la Dirección General de Transportes y Puertos.
QUINTO: En fecha 29 de octubre de 2009 se notifica el informe de Capitanía Marítima al solicitante, para la inclusión y subsanación de los puntos detectados por la misma en el Plan objeto del presente procedimiento.
SEXTO: En noviembre de 2009 se procede por la parte interesada a la modificación del plan.
SEPTIMO: En fecha 18 de diciembre de 2009 se emite informe por los Servicios Técnicos de la Dirección General de Transportes y Puertos.
OCTAVO: Se emite Informe Jurídico en fecha 26 de febrero de 2010 por los Servicios Jurídicos de Secretaría General de esta Consejería.
A estos Antecedentes son de aplicación las siguientes:
Fundamentaciones
PRIMERA.- El Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio es el órgano competente para la aprobación definitiva del Plan Interior de Contingencias objeto del presente procedimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en relación con el Decreto 2/82, de 9 de agosto, sobre atribución de competencias, medios y recursos de la Diputación Provincial de Murcia a la CARM y el artículo 3 del Real Decreto 253/2004, de 13 de febrero, por el que se establecen medidas de prevención y lucha contra la contaminación, en las operaciones de carga, descarga y manipulación de hidrocarburos en el ámbito marítimo y portuario.
SEGUNDA: El informe emitido por Capitanía Marítima con entrada en registro el 5 de marzo de 2008 indica lo siguiente:
El plan, que debe ser aprobado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previo informe de esta Capitanía Marítima, ha causado una impresión favorable, por diferentes razones.
En primer lugar se ha elaborado con un lenguaje...
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