Decreto n.º 223/2010, de 30 de julio, de concesión directa de subvenciones a Corporaciones Locales mediante convenio para el desarrollo del Plan Municipal/Mancomunal de Prevención de Drogodependencias.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Entre las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en su Estatuto aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, se encuentran comprendidas las de desarrollo legislativo y de ejecución de las materias de Sanidad e Higiene, en todas sus vertientes. Esto incluye el desarrollo de actividades en relación con la prevención del consumo de drogas, como uno de los más importantes problemas de salud a que se enfrenta la población de la Región.

La importancia de estas actividades aparece reconocida claramente entre los Objetivos del Plan de Salud de la Región de Murcia, en el Plan Regional sobre Drogas 2007-2010 y en la Ley 6/1997, de 22 de octubre, sobre Drogas, para la prevención, asistencia e integración social.

La financiación por parte de la Consejería Sanidad y Consumo para prevención de drogodependencias a las Corporaciones Locales se realiza a través de dos vías:

Subvenciones destinadas a aquellos Ayuntamientos y Mancomunidades que desarrollan programas y actuaciones de prevención de drogodependencias, en virtud de la correspondiente convocatoria mediante Orden de Subvenciones.

Subvenciones destinadas a aquellos Ayuntamientos y Mancomunidades con Planes Municipales/Mancomunales de prevención de drogodependencias, y que ha venido desarrollándose desde el año 2000, mediante convenios con los mismos.

De esta manera, los 45 municipios de nuestra Región reciben financiación por una u otra vía, según desarrollen o no Plan Municipal/Mancomunal, ya que el Plan Regional sobre Drogas 2007-2010, tiene como uno de sus principios programáticos la participación activa de la comunidad, mediante la creación de canales que favorezcan su protagonismo en la transformación de los factores que propician el abuso de bebidas alcohólicas y el consumo de drogas, a través de la contribución de las Corporaciones Locales de la Región de Murcia en esta materia.

Dentro de este tipo de intervenciones resulta necesario favorecer una política preventiva global, para lograr actuaciones coordinadas de los diferentes sectores implicados. De esta forma, mantener e impulsar el desarrollo de Planes Municipales/Mancomunales de prevención de drogodependencias se convierte en una estrategia imprescindible para lograr este objetivo. Ello permite acceder a las poblaciones destinatarias, a través de las Corporaciones Locales como administraciones más cercanas al ciudadano con capacidad organizativa, para hacerles llegar las iniciativas preventivas recogidas en forma de actuaciones en dicho Plan.

Para incentivar la creación de estos Planes Municipales/Mancomunales, la Consejería de Sanidad y Consumo favorece la posibilidad de realizar nuevos convenios con todas aquellas Corporaciones Locales que aprueben su Plan Municipal/Mancomunal de prevención de drogodependencias, quedando abierta para el resto de Corporaciones Locales la posibilidad de acceso a subvenciones para financiar los programas que propongan en esta materia.

Todo ello, debido a que, según marca la Ley sobre Drogas de la Región de Murcia, en el artículo 42.2, es competencia y responsabilidad mínima de los Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes:

  1. La aprobación de planes municipales sobre drogas, elaborados en coordinación y de acuerdo con los criterios y directrices del Plan Regional sobre Drogas.

  2. La coordinación de los programas de prevención e integración social que se desarrollen exclusivamente en el ámbito de su municipio.

  3. El apoyo a asociaciones y corporaciones que en el municipio desarrollen actividades previstas en el Plan Regional sobre Drogas.

  4. La formación en materia de drogas del personal propio, en colaboración, en su...

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