Corrección de errores a la Orden de 19 de junio de 2015, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se regula el procedimiento y se aprueba la convocatoria para la selección en la Región de Murcia, de los grupos de acción local candidatos a gestionar las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en el período de programación 2014-2020.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Agricultura y Agua
Rango de LeyCorrección de errores

Advertidos errores en la Orden de 19 de junio de 2015, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se regula el procedimiento y se aprueba la convocatoria para la selección en la Región de Murcia, de los grupos de acción local candidatos a gestionar las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en el período de programación 2014-2020, se procede a la corrección de los mismos en los siguientes términos:

En la página 25101, Preámbulo, se suprime el primer párrafo, que se inicia en: “Proyecto de Orden…” y finaliza en: “… el período de programación 2014-2020.”

En la página 25106, artículo 4.5, donde dice: “Asimismo, previamente al estudio de las solicitudes por la Comisión de Selección, se podrá requerir ampliación o modificación de la documentación presentada…”, debe decir: “Asimismo, previamente al estudio de las solicitudes por el Comité de Selección al que se hace referencia en el artículo siguiente, se podrá requerir la ampliación o modificación de la documentación presentada…”.

En la página 25107, artículo 6.1, donde dice: “El Comité de Selección al que se hace referencia en el apartado anterior…”, debe decir: “El Comité de Selección al que se hace referencia en el artículo anterior…”.

En la página 25107, artículo 6.3, donde dice: “El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses a contar desde la publicación de la presente Orden.”, debe decir: ““El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de seis meses a contar desde la publicación de la presente Orden.”

En la página 25111, el Anexo II se sustituye por el Anexo de la presente Orden.

Murcia, a 26 de junio de 2015.—La Consejera de Agricultura y Agua, Adela Martínez-Cachá Martínez.

ANEXO

CONTENIDOS MÍNIMOS QUE DEBE CONTENER UN PLAN PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD LOCAL

  1. Objetivos, fases y marco temporal del plan de participación

  2. Análisis de la situación de partida

    o Análisis de los procesos de participación del territorio

    o Inventario de los distintos colectivos que potencialmente pueden ser...

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