Orden de 23 de febrero de 2005, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se publican las vacantes de los centros docentes correspondientes a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes ...

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Educacion y Cultura
Rango de LeyOrden

Por Orden de la Consejería de Educación y Cultura, de 14 de octubre de 2004 (Boletín Oficial de la Región de Murcia del 26), se convocó concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, en centros dependientes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Asimismo, la Orden de la Consejería de Educación y Cultura, de 15 de octubre de 2004 (Boletín Oficial de la Región de Murcia del 26), convocó concurso de traslados para la provisión de puestos vacantes del Cuerpo de Inspectores de Educación, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

El artículo 4 del Real Decreto 2.112/ 1998, de 2 de octubre (Boletín Oficial del Estado del 6), establece que en los concursos de traslados se ofertarán las plazas vacantes que determinen las Administraciones educativas, entre las que se incluirán, al menos, las que se produzcan hasta el 31 de diciembre del curso escolar en el que se efectúe la convocatoria, así como aquéllas que resulten del propio concurso siempre que, en cualquiera de los casos, la continuidad de su funcionamiento esté prevista en la planificación educativa.

La base segunda de la referidas Órdenes establece que la determinación y publicación de estas vacantes en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, serealizará en las fechas previstas en el apartado cuarto de la Orden 3182/ 2004, de 1 de octubre (BOE del 6) del Ministerio de Educación y Ciencia, y que en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, estarán relacionadas por centros, En su virtud, Dispongo Primero.

Publicar la relación de las vacantes de los centros que se indican en los anexos a la presente Orden, según se establece a continuación:

  1. En los Institutos de Educación Secundaria, Institutos y Secciones de Educación Secundaria Obligatoria, Centros integrados de Formación y Experiencias Agrarias, así como en los Centros de Educación de Adultos, existirán las vacantes correspondientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, de las especialidades comunes, Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de las especialidades propias de la Formación Profesional Específica, que figuran en el anexo I a la presente Orden.

  2. En los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica existirán las vacantescorrespondientes a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de las especialidades que figuran en el anexo II a la presente Orden.

  3. En las Escuelas Oficiales de Idiomas existirán las vacantes correspondientes al Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas de las especialidades que figuran en el anexo III a la presente Orden.

  4. En los Conservatorios de Música y Danza y en la Escuela Superior de Arte Dramático, existirán las vacantes correspondientes a los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, para las especialidades que figuran en el anexo IV a la presente Orden.

  5. En el Cuerpo de Inspectores de Educación existirán las vacantes que figuran en el anexo V a la presente Orden.

Segundo.

Tendrán la consideración de vacantes y, por tanto, podrán ser objeto de concurso, las plazas no ocupadas con carácter definitivo de cada centro, así como aquellas que se originen en la forma prevista enla base segunda de las citadas Órdenes de 14 de octubre y 15 de octubre de 2004. Tercero.

Las Direcciones Generales afectadas comunicarán a la Dirección General de Personal cuantas observaciones se susciten en relación con estas vacantes.

Cuarto.

Consideradas, en su caso, las observaciones anteriores, se procederá, con anterioridad a la resolución definitiva del concurso de traslados, a las modificaciones de las vacantes que se recogen en los anexos a esta Orden.

Quinto.

Contra la presenteOrden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativoque corresponda, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación enel Boletín Oficial de la Región de Murcia, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 8 y 46 de Ley 29/ 98, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el Consejero de Educación y Cultura en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/ 99, de 13 de enero.

El Consejero de Educación y Cultura, Juan Ramón Medina Precioso.

ANEXO I INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, INSTITUTOS Y SECCIONES DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, CENTROS INTEGRADOS DE FORMACIÓN Y EXPERIENCIAS AGRARIAS Y CENTROS DE EDUCACIÓN DE ADULTOS Municipio:

Localidad:

Centro:

30002 ABARAN 300020001 ABARAN 30013441 IES A) ESPECIALIDADES COMUNES A TODOS LOS CENTROS Vacantes 590 004 LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA 1 Municipio:

Localidad:

Centro:

30003 AGUILAS 300030001 AGUILAS 30000316 REY CARLOS III IES A) ESPECIALIDADES COMUNES A TODOS LOS CENTROS Vacantes 590 004 LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA 1 590 005 GEOGRAFIA E HISTORIA 1 590 018 PSICOLOGIA Y PEDAGOGIA 1 Municipio:

Localidad:

Centro:

30003 AGUILAS 300030001 AGUILAS 30000328 ALFONSO ESCAMEZ IES A) ESPECIALIDADES COMUNES A TODOS LOS CENTROS Vacantes 590 004 LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA 2 590 018 PSICOLOGIA Y PEDAGOGIA 1 Municipio:

Localidad:

Centro:

30003 AGUILAS 300030001 AGUILAS 30001230 EUROPA IES A) ESPECIALIDADES COMUNES A TODOS LOS CENTROS Vacantes 590 004 LENGUA...

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