Decreto n.º 127/2016, de 26 de octubre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de concesión directa de una subvención a la Universidad Politécnica de Cartagena, para contribuir a la adecuación de instalaciones y espacios docentes.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Fomento e Infraestructuras
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

8711 Decreto n.º 127/2016, de 26 de octubre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de concesión directa de una subvención a la Universidad Politécnica de Cartagena, para contribuir a la adecuación de instalaciones y espacios docentes.

En virtud del artículo 16.1 del Estatuto de Autonomía, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo que establece la Constitución y Leyes Orgánicas que la desarrollan. En este ámbito, tiene las competencias de coordinación de las universidades de la Región de Murcia y muy especialmente del sistema público universitario, que tienen entre sus funciones la realización del servicio público de la educación superior, mediante la docencia, la investigación y el estudio, al servicio de la sociedad.

En este sentido, las universidades públicas de la Región de Murcia, tanto en su ámbito propio como en el de los centros adscritos deben de disponer de las instalaciones que propicien y favorezcan una enseñanza de calidad, en la que tanto investigación como docencia, puedan desarrollarse en un clima acogedor y adecuado a las necesidades actuales de dichas universidades y de su alumnado.

En la Universidad Politécnica de Cartagena se ubica la Escuela de Arquitectura y de Ingeniería Civil y otros centros y departamentos en el campus de Alfonso XIII. La antigüedad de los edificios y la alta concentración de alumnado exigen una reordenación de los espacios y una nueva concepción del campus más armónica con las necesidades docentes de las enseñanzas que allí se imparten. En este sentido, es un objetivo de la UPCT la construcción de una nueva Escuela de Arquitectura e Ingeniería Civil en los próximos años, pero mientras tanto y se realizan las obras de construcción, se hace necesario habilitar espacios para la impartición de las clases y apara los despachos de los profesores, por lo que se hace preciso de forma provisional hasta la construcción de las nuevas instalaciones en Alfonso XIII, ubicar parte de las mismas, especialmente aulas para seminarios y despachos para profesores, en otro espacio de la UPCT que responda a las necesidades docentes y de gestión de los referidos centros. En consecuencia se considera adecuado el aprovechamiento de un edificio de la misma universidad anexo a la misma, en la calle Sor Francisca de Armendáriz y no utilizado en su totalidad por la UPCT, para ubicar estas dependencias de forma provisional hasta la construcción de la nueva Escuela y la reordenación del Campus de Alfonso XIII, cuyas obras está previstas para que puedan iniciarse durante el curso 2017-2018.

La adaptación de estos espacios para que cumplan la función docente y de despachos de profesores comporta un gasto para UPCT no contemplados en sus presupuestos, de ahí la necesidad de apoyar por parte de la Comunidad Autónoma la financiación de las obras de adecuación de los mismos para la instalación de dependencias docentes y de despachos de profesores de cara al cumplimiento de las obligaciones contraídas por la UPCT para el proceso de acreditación de la enseñanzas implantadas en la misma. Para este proceso se exige el disponer de unas instalaciones y dependencias docentes, de investigación y de gestión, que deben estar en...

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