Decreto n.º 155/2018, de 4 de julio, por el que se crea y regula el Registro de reintegros de subvenciones gestionadas por las entidades integradas en el sector público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Fomento e Infraestructuras
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

4380 Decreto n.º 155/2018, de 4 de julio, por el que se crea y regula el Registro de reintegros de subvenciones gestionadas por las entidades integradas en el sector público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En los procedimientos de reintegro de subvenciones –regulados por la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia– se puede apreciar la existencia de 2 fases claramente diferenciadas: una primera, en la que el órgano gestor siguiendo los trámites correspondientes ha de declarar el derecho de la entidad concedente a que le sea reintegrada una determinada cantidad y, una segunda fase, en la que, agotada la vía administrativa por la resolución declarando la existencia del reintegro se ha de proceder a su exacción por los órganos que tienen competencia en materia de recaudación según lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre.

Con el fin de posibilitar la coordinación de las actuaciones administrativas dirigidas a la exigencia de tales reintegros, mejorando los flujos de información entre los órganos gestores de las subvenciones, los encargados de la llevanza de la contabilidad y los competentes en materia recaudatoria, lo que propiciará su mejor conocimiento y control, se hace necesario dotar de una herramienta a todas la entidades integradas en el sector público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dicha herramienta, que incluirá la información esencial, les facilitará la gestión de los que a cada una corresponda tramitar y, a la vez, permitirá tener un conocimiento global de los reintegros de subvenciones ordenados por todas ellas.

Por otro lado, debe tenerse en cuenta que la Intervención General de la Comunidad Autónoma ya viene remitiendo anualmente al Tribunal de Cuentas información sobre el seguimiento de los expedientes de reintegro derivados del ejercicio del control financiero, en cumplimiento de lo establecido en la Disposición adicional primera de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Ahora bien, es una información parcial al afectar únicamente a los exigidos como consecuencia del ejercicio de dicha la función, siendo así que los procedimientos de reintegro pueden tener otros orígenes diferentes. De ahí que la creación del Registro de reintegros que la norma se propone permitirá conocer todos los tramitados por el sector público regional, con el mayor grado de certidumbre sobre esa plenitud.

Por todo ello, en aras de conseguir esos objetivos, dando cumplimiento a los principios generales – transparencia, eficacia y eficiencia en la asignación de los recursos – recogidos en el artículo 4 de la precitada ley, y de conformidad con su disposición final, a propuesta del Consejero de Hacienda, de acuerdo con el Consejo Jurídico de la Región de Murcia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en la reunión del día 4 de julio de 2018.

Dispongo:

Artículo 1 Objeto.
  1. La presente disposición...

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