Decreto n.º 179/2018, de 1 de agosto, por el que se autoriza la implantación en las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena, de nuevos títulos universitarios oficiales para el curso 2018-2019.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Educación, Juventud y Deportes
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

5023 Decreto n.º 179/2018, de 1 de agosto, por el que se autoriza la implantación en las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena, de nuevos títulos universitarios oficiales para el curso 2018-2019.

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en virtud del artículo 16 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, tiene atribuida la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, dispone que para impartir enseñanzas oficiales y expedir los correspondientes títulos oficiales, con validez en todo el territorio nacional, las universidades deberán poseer la autorización de la Comunidad Autónoma, según su legislación, y obtener la verificación del Consejo de Universidades de que el oportuno plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno.

Asimismo, el Real Decreto 1.393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, dispone en su artículo 3 que la implantación de las enseñanzas universitarias oficiales será autorizada por la correspondiente Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de Universidades. El referido Real Decreto ha sido modificado en virtud de Real Decreto 861/2010, de 2 de julio.

La Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia, regula la autorización de implantación de títulos en su artículo 17, si bien este artículo ha quedado modificado por lo establecido, con carácter básico, en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su nueva redacción de 2007. Como particularidad de la Región de Murcia se exige para la implantación de enseñanzas universitarias oficiales, informe favorable del Consejo Interuniversitario de la Región de Murcia e...

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