Decreto n.º 19/2017, de 8 de marzo, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de una subvención a otorgar por concesión directa a la Asociación Grupo de Acción Local de Pesca y Acuicultura de la Región de Murcia (GALPEMUR) como ayuda para los gastos de funcionamiento y animación derivados de la puesta en marcha y ejecución de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo del sector pesquero y acuícola en la Región de Murcia en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, correspondiente al ejercicio presupuestario 2017.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

1818 Decreto n.º 19/2017, de 8 de marzo, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de una subvención a otorgar por concesión directa a la Asociación Grupo de Acción Local de Pesca y Acuicultura de la Región de Murcia (GALPEMUR) como ayuda para los gastos de funcionamiento y animación derivados de la puesta en marcha y ejecución de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo del sector pesquero y acuícola en la Región de Murcia en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, correspondiente al ejercicio presupuestario 2017.

El Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), y por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo y Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006, del Consejo, establece en el Título III, Capítulo II, las estrategias de desarrollo local participativo (en adelante EDLP), y en su artículo 32.2 preceptúa que el Desarrollo Local Participativo (en adelante DLP) se llevará a cabo a través de estrategias de desarrollo local integradas, multisectoriales y basadas en zonas de pesca y acuícolas subregionales concretas.

El Reglamento (UE) 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 2328/2003, (CE) n.º 861/2006, (CE) n.º 1198/2006 y (CE) n.º 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) n.º 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, regula en sus artículos 58 a 64, la ayuda al desarrollo sostenible de las zonas pesqueras y acuícolas que sigan el planteamiento respecto al desarrollo local participativo establecido en el artículo 32 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, previendo la subvencionalidad de los costes de funcionamiento y animación de la EDLP de conformidad con el artículo 35 del citado Reglamento (UE) 1303/2013. De acuerdo con el citado artículo, la subvención por estos conceptos, incluye, por un parte, los costes de explotación vinculados a la gestión de la puesta en práctica de la EDLP, consistentes en costes de funcionamiento, de personal, de formación, costes vinculados a las relaciones públicas, costes financieros, así como los relativos a la supervisión y la evaluación de la estrategia, y por otra, los costes de animación de la EDLP, con el fin de facilitar el intercambio entre las partes interesadas para suministrar información y fomentar la estrategia y para apoyar a los beneficiarios potenciales con vistas a desarrollar operaciones y preparar solicitudes.

Mediante Orden de 13 de marzo de 2015 de la Consejería de Agricultura y Agua publicada en BORM de 21 de marzo de 2015, se hizo pública la convocatoria de selección de candidatos a grupos de acción local del sector pesquero para la elaboración de la EDLP en el período de programación del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en la Región de Murcia, resultando seleccionada como única candidata a GALP para la elaboración de las estrategias para las diferentes zonas pesqueras del litoral de la Región de Murcia, la asociación “Grupo de Acción Local de Pesca y Acuicultura de la Región de Murcia” (en adelante GALPEMUR), selección llevada a cabo mediante Orden de 2 de junio de 2015 de la Consejera de Agricultura y Agua, que además estableció las bases reguladoras de la elaboración y aprobación de la estrategia.

Mediante Orden de 28 de julio de 2016, de la Consejera de Agua, Agricultura y Medio Ambiente fue aprobada tanto la estrategia como la selección de GALPEMUR, como entidad colaboradora en la ejecución de la EDLP del sector pesquero y acuícola de la Región de Murcia, siendo publicada en el BORM de fecha 8 de octubre de 2016.

Con fecha 16 de febrero de 2017, fue suscrito un Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente y GALPEMUR para la ejecución de la estrategia de desarrollo local participativa aprobada, como marco jurídico regulador del régimen de obligaciones y derechos aplicable a GALPEMUR como entidad colaboradora en la gestión y supervisión de la aplicación de las ayudas que se tramiten en su desarrollo.

En dicho Convenio y por lo que se refiere a los gastos de funcionamiento y animación generados durante el periodo 2017-2022 para el desarrollo de la EDLP, se prevé que la subvención a GALPEMUR sea canalizada a través de Decreto de concesión directa anual, ligando la efectiva percepción de la misma con el inicio y ejecución de las líneas de ayuda que integran la estrategia.

Por cuanto antecede, y a efectos de lo dispuesto en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación con el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, constatados el interés público de la subvención que no es otro que Galpemur pueda disponer de la financiación necesaria para hacer frente a los gastos en concepto de funcionamiento y animación derivados de la puesta en marcha y desarrollo de la estrategia y la imposibilidad de promover convocatoria pública al respecto dado que la única EDLP aprobada en la CARM, corresponde a la presentada por Galpemur, a propuesta de la Consejera de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de marzo de 2017.

Dispongo:

Artículo 1 Objeto y razones que acreditan el interés público de su concesión y de la dificultad de su convocatoria pública

Vigencia.

  1. El objeto del presente Decreto es la aprobación de las normas especiales reguladoras de la subvención a otorgar a través del procedimiento de concesión directa a la Asociación GALPEMUR como ayuda para los gastos de funcionamiento y animación generados durante la puesta en marcha y ejecución de la EDLP del sector pesquero y acuícola en la Región de Murcia, aprobada mediante Orden de 28 de julio de 2016, de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, y que se llevará a cabo de acuerdo con el Convenio de Colaboración entre esta Consejería y GALPEMUR para el desarrollo de la EDLP dentro del marco del FEMP.

    La subvención incluirá, de conformidad con el artículo 35 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, tanto los gastos de explotación vinculados a la gestión de la puesta en práctica de la EDLP, consistentes en costes de funcionamiento, de personal, de formación, los vinculados a las relaciones públicas, financieros, y los relativos a la supervisión y la evaluación de la estrategia, etc., así como los gastos de animación, surgidos del intercambio entre las partes interesadas para suministrar información y fomentar la estrategia, con vista a la gobernanza de los recursos pesqueros y actividades marítimas locales, que se devenguen desde el inicio de la gestión de la EDLP hasta el 31 de diciembre de 2017, todo ello, dentro de la programación financiera global de la EDLP aprobada que cuenta con un total de cinco anualidades más hasta el año 2022.

  2. El interés público del citado proyecto y su singularidad reside en la necesidad de que Galpemur como único grupo de acción local seleccionado para el desarrollo de la EDLP sea el instrumento básico que implemente el desarrollo local participativo, mediante la puesta en práctica de la única estrategia de desarrollo local aprobada en la Región de Murcia, que es la presentada por dicha asociación, de conformidad...

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