Decreto n.º 199/2017, de 5 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a ayuntamientos y mancomunidades de servicios sociales de la Región de Murcia para el desarrollo de actuaciones de apoyo a la familia e infancia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorServicio Murciano de Salud
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

    Consejo de Gobierno

    4947 Decreto n.º 199/2017, de 5 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a ayuntamientos y mancomunidades de servicios sociales de la Región de Murcia para el desarrollo de actuaciones de apoyo a la familia e infancia.

    En 2014, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad impulsó el Programa Social de Lucha contra la Pobreza Infantil Estatal, habilitando en los Presupuestos Generales del Estado una línea de crédito destinada a subvencionar a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y Melilla para la realización de actuaciones de lucha contra la pobreza infantil. Este crédito se destinó a financiar las prestaciones económicas de urgencia social, de aquellos proyectos de intervención social desarrollados con familias o unidades de convivencia en situación de privación material severa y con menores a su cargo. En nuestra comunidad autónoma los créditos correspondientes se destinaron a subvencionar, a los distintos Ayuntamientos y Mancomunidades de Servicios Sociales, proyectos de estas características, siempre desarrollados dentro del Sistema Público de Servicios Sociales.

    Desde 2014 se ha dado continuidad a estos fondos a través de la financiación de proyectos sociales de apoyo a la familia e infancia, aumentando los mismos año tras año, y diferenciando a partir de 2015 tres tipologías de proyectos a financiar:

  2. Proyectos dirigidos a paliar y mejorar la situación de vulnerabilidad social de las familias, cubriendo necesidades básicas de alimentación, higiene, ropa, etc. y facilitando el acceso a otros servicios como los de salud, educación (material escolar, ayudas para comedor), vivienda (alquiler y mejora de las condiciones de habitabilidad de la vivienda, suministros, etc.) y de empleo así como el acompañamiento y trabajo social con las familias.

  3. Proyectos de apoyo a la conciliación familiar y laboral para familias en procesos de inserción socio-laboral con hijos a cargo tales como gastos de asistencia a escuelas infantiles, la atención de niños y niñas para cubrir necesidades puntuales de conciliación, los servicios de apoyo complementarios de los servicios normalizados educativos u otros que garanticen el derecho de los niños y niñas a una atención y desarrollo adecuados.

  4. Servicios de intervención y apoyo familiar, entre los que se encuentran los definidos en el apartado 1.3 del Catálogo de referencia de Servicios Sociales, aprobado el 16 de enero de 2013, por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (intervención y orientación socio-familiar, mediación familiar, puntos de encuentro familiar o atención socioeducativa de menores).

    En el presente año, el Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, reunido en sesión de 26 de abril de 2017, acordó la distribución del crédito consignado en los Presupuestos Generales del Estado de 2016 prorrogados, aplicación presupuestaria: 26.16 231F 453 06, destinado a subvenciones a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y de Melilla para la realización de programas de apoyo a la familia e infancia. En la distribución del crédito corresponde a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia un total de 2.062.236,00€.

    Así, en el BOE n.º 150 de 24 de junio de 2017 se publicó la Orden SSI/597/2017, de 23 de junio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de junio de 2017, por el que se formalizan los criterios de distribución y la distribución resultante de los créditos acordados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que se destinan a la financiación de planes o programas sociales, para el ejercicio de 2017.

    Tal y como dispone el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, estos créditos se destinarán a hacer frente a la situación de las familias que se encuentren en situación de privación material severa o de riesgo de pobreza y con niños y niñas a su cargo, se financiarán proyectos de intervención social y prestaciones económicas y/o en especie que mejoren su situación social y laboral.

    El objetivo de estos proyectos es la atención de las necesidades sociales de las familias con niños y niñas a su cargo, de acuerdo con el objetivo transversal del Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social 2013-2016, de lucha contra la pobreza infantil (vinculado a la Recomendación de la Comisión Europea de 20 de febrero de 2013: «Invertir en infancia») y los objetivos de mejora de la protección social y económica de las familias, especialmente de las que presentan situaciones de especial necesidad, definidos en el Plan Integral de Apoyo a la Familia 2015-2017.

    Los proyectos se seleccionarán de común acuerdo por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, atendiendo a las necesidades detectadas y consideradas prioritarias por las distintos Ayuntamientos y Mancomunidades de Servicios Sociales de la Región.

    Se excepciona la concurrencia competitiva como procedimiento ordinario de concesión de subvenciones, puesto que la presente subvención se va a conceder a todos los ayuntamientos de la Región de Murcia y a las Mancomunidades de Servicios Sociales existentes en la Región, siguiendo unos criterios objetivos de distribución de los créditos.

    Desde el punto de vista competencial hay que indicar que el Decreto del Presidente n.º 3/2017, de 4 de mayo, de reorganización de la Administración Regional, establece que la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de la directrices generales del Consejo de Gobierno, entre otras, en materia de asistencia y bienestar social, desarrollo comunitario, promoción y protección de la familia, políticas de mujer, infantil y de la tercera edad. Por otro lado, según el Decreto n.º 74/2017, de 17 de mayo, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, la Dirección General de Familia y Políticas Sociales ejercerá, entre otras, las competencias de diseño y coordinación de actuaciones tendentes a la potenciación de una política social integral de atención y ayuda a la familia, dirección en la elaboración de planes, programas y proyectos en materia de menor y familia e impulso, promoción y coordinación de la atención primaria de servicios sociales.

    De este modo, en el ejercicio de las mencionadas competencias, teniendo en cuenta los...

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