Decreto n.º 214/2017, de 26 de julio, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Alcantarilla para la ejecución de la obra “Reparación de la pista de atletismo” en Alcantarilla.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorServicio Murciano de Salud
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

5669 Decreto n.º 214/2017, de 26 de julio, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Alcantarilla para la ejecución de la obra “Reparación de la pista de atletismo” en Alcantarilla.

Según dispone el artículo 10.Uno.17 del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene competencia exclusiva en materia de promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio, habiéndose aprobado en ejercicio de la misma la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.

La citada Ley establece en su Título Preliminar como principios generales de actuación que debe perseguir la Comunidad Autónoma, promover el deporte y la actividad física y posibilitar el acceso a la práctica deportiva de los ciudadanos, a cuyo efecto deberá planificar y promocionar una adecuada infraestructura en materia de instalaciones deportivas, previéndose para ello la necesaria colaboración y cooperación entre la Administración autonómica y la local, a la vista de lo regulado en el Título I.

Asimismo, el artículo 10 de la citada Ley de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia atribuye a los Ayuntamientos, entre otras competencias, “la promoción de la actividad física y el deporte, como también la construcción, ampliación y mejora de las instalaciones deportivas municipales, así como determinar su gestión y mantenimiento”.

Al amparo de dicho contexto normativo y estatutario debe concluirse que entre sus objetivos primordiales la Comunidad Autónoma tiene que ofrecer a todos los ciudadanos una infraestructura deportiva adecuada, propiciando el acceso de los mismos a la práctica del deporte y fomentar la práctica deportiva y el ocio en las mejores condiciones en los distintos municipios de la Región, garantizando la igualdad de oportunidades a todos los ciudadanos.

Teniendo en cuenta lo anterior, a la vista de las necesidades detectadas en cuanto a instalaciones deportivas en los municipios de la Región de Murcia y de los datos disponibles hasta la fecha en esta Dirección General, en base al Censo de Instalaciones Deportivas de la Región de Murcia y las peticiones realizadas por los distintos Ayuntamientos de la Región desde el año 2010, se constata que el Municipio de Alcantarilla, junto con los de Alhama de Murcia y Cieza son los únicos de la Región que tienen sus pistas de atletismo muy deterioradas, lo que impide no sólo la práctica deportiva habitual, sino también la organización de eventos y campeonatos en esta modalidad deportiva. La pista de Cieza ha sido objeto de reparación durante el ejercicio 2016 con una subvención de la Comunidad Autónoma de 60.000 €. Para el presente ejercicio, a pesar de la contención del gasto público, está previsto iniciar las reparaciones de las otras dos pistas restantes, concretamente en Alcantarilla, con una subvención de 40.000 € para reparar el hundimiento que se ha producido en la curva suroeste que imposibilita su uso.

Por ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el presente Decreto establece las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Alcantarilla para la ejecución de la obra Reparación de la Pista de Atletismo, por entender que queda acreditada la singularidad de su concesión y existir razones de interés público y social, dado que de no acometer esta reparación, no es posible desde todo punto de vista realizar la práctica del atletismo, debido al hundimiento existente que supone un riesgo evidente para usuarios y deportistas.

La concesión de la subvención compete a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, como departamento de la Administración Regional que tiene atribuidas las competencias en materia de deportes, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 3/2017, de 4 de mayo, de reorganización de la Administración Regional.

Por todo lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Educación, Juventud y Deportes, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de julio de 2017, de conformidad con lo previsto en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Dispongo:

Artículo 1 Objeto de la subvención y razones de interés público que...

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