Decreto n.º 223/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones a los Auxiliares de Conversación de habla inglesa, francesa, alemana, italiana y china destinados en centros educativos de infantil y primaria, institutos de enseñanza secundaria y escuelas oficiales de idiomas en el curso 2014/2015.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Por Real Decreto 938/1999, de 4 de junio se traspasaron a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia las funciones y servicios educativos de la Administración General del Estado en materia de enseñanza no universitarias.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 44/2014, de 14 de abril, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, esta Consejería “es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: educación reglada en todos sus niveles; universidades; cultura; espectáculos taurinos, y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente”.

La Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma Región de Murcia, dispone en el artículo 23.2 que el Consejo de Gobierno aprobará por Decreto a propuesta del órgano competente por razón de la materia para conceder subvenciones, las normas especiales reguladoras de las subvenciones contempladas en el párrafo c) del artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El objeto de la concesión de la subvención es contribuir a la mejora de la calidad educativa en las enseñanzas no universitarias a través de la dotación de Auxiliares de Conversación de habla inglesa, francesa, alemana, italiana y china a los Centros de Educación Infantil y Primaria, Institutos de Enseñanza Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas para el curso 2014/2015. La Consejería de Educación, Cultura y Universidades viene impulsando y apoyando el fomento del aprendizaje de lenguas extranjeras en los centros educativos de su ámbito de gestión.

Se persigue así la satisfacción no sólo del interés público, sino también del interés social, ya que la mejora de los recursos humanos para el desarrollo e impartición de la enseñanza de idiomas es un objetivo de la política educativa tanto a nivel regional como estatal, tal como se recoge en la Ley Orgánica 8/2013 del 9 de diciembre de Mejora de la Calidad Educativa

El carácter singular de esta subvención deriva de que los beneficiarios de ésta han sido seleccionados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte mediante un proceso de concurrencia competitiva.

En consideración de todo lo anterior, entendiendo que existen razones de interés público, social y económico, la Administración Regional colaborará directamente en la financiación de estas actuaciones, a través de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, mediante la concesión directa de las subvenciones, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de noviembre de 2014,

Dispongo

Primero.- Objeto.

  1. Es objeto del presente decreto establecer las normas especiales reguladoras de concesión directa de subvenciones para la dotación de ciento noventa y dos plazas de Auxiliares de Conversación de habla inglesa, francesa, alemana, italiana y china para los Centros de Educación Infantil y Primaria, Institutos de Enseñanza Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas en el curso 2014/2015.

  2. La dotación de Auxiliares de Conversación a los centros tendrá como objetivo propiciar, no sólo la utilización de lenguas extranjeras, sino también el acercamiento y conocimiento de otras culturas de otros países a través del desarrollo de actividades incluidas en un proyecto educativo.

  3. Los auxiliares de...

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