Decreto n.º 242/2017, de 17 de octubre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Cartagena para la elaboración del Plan Director del Anfiteatro Romano y la ejecución de las obras de consolidación de la plaza de toros de Cartagena (fase I, Anillo Sureste).

SecciónComunidad Autónoma
EmisorUniversidad de Murcia
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

7105 Decreto n.º 242/2017, de 17 de octubre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Cartagena para la elaboración del Plan Director del Anfiteatro Romano y la ejecución de las obras de consolidación de la plaza de toros de Cartagena (fase I, Anillo Sureste).

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene competencia en materia de museos, patrimonio cultural, histórico y fomento de la cultura, según lo dispuesto, respectivamente, en los apartados 13, 14 y 15 del artículo 10. Uno del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia.

El Patrimonio Histórico Español es el principal testigo de la contribución histórica de los españoles a la civilización universal y de su capacidad creativa contemporánea. La protección y el enriquecimiento de los bienes que lo integran constituyen obligaciones fundamentales que vinculan a todos los poderes públicos, según el mandato contenido en el artículo 46 de la Constitución Española, al señalar que los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran y en el artículo 8 del Estatuto de Autonomía, según el cual la Comunidad Autónoma protegerá y fomentará las peculiaridades culturales.

La concesión de subvenciones de esta naturaleza forma parte de las funciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente en materia de protección, fomento y difusión de los bienes integrantes, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto del Presidente n.º 3/2017, de 4 de mayo, de reorganización de la Administración Regional, modificado por el Decreto de la Presidencia n.º 39/2017, de 1 de agosto, y en el Decreto n.º 75/2017, de 17 de mayo por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente, modificado por Decreto 223/2017, de 2 de agosto.

La Plaza de Toros de Cartagena está catalogada en el Plan Especial de Ordenación y Protección del Conjunto Histórico de Cartagena (PEOPCH) con grado de protección 3 ambiental y se encuentra en el entorno de protección de BIC del Anfiteatro Romano de Cartagena. Asimismo, en el subsuelo de la Plaza de Toros se encuentran los restos arqueológicos del Anfiteatro Romano de Cartagena declarado BIC.

El objeto del proyecto presentado por el Ayuntamiento de Cartagena es la primera fase de consolidación de la Plaza de Toros, en esta fase se ejecutan estructuras portantes carentes de uso, sin modificar la fachada existente de la misma.

Las obras de consolidación de la Plaza de Toros intervienen sobre elementos de esta, cimentación, muros interiores y fachada, pero no afectan a estructuras del Anfiteatro Romano BIC y son compatibles con su conservación.

Se conserva la fachada protegida del inmueble catalogado con Grado 3 Protección Ambiental como exige dicho grado de protección, no alterando el aspecto exterior del mismo. No se alteran las características arquitectónicas y paisajísticas de la zona. No se pone en peligro el BIC (Anfiteatro) ni se altera su contemplación, manteniéndola y mejorándola al retirar un tramo del andamio estabilizador.

Dado que queda pendiente la redacción de un Plan Director, en este deben estudiarse y definirse las posibles futuras fases de intervención y su alcance. El sistema de consolidación que ahora se presenta no condiciona al futuro Plan Director, ya que se centra en la consolidación del anillo exterior y se mantiene la fachada de la plaza sin dañar los restos arqueológicos.

El Plan Director abordará la convivencia de los dos edificios (plaza y anfiteatro), fijará los criterios de intervención, los usos recomendados, la ordenación urbanística del entorno, etc., determinaciones que servirán de base a la redacción de un proyecto integral de recuperación de ambos edificios y su entorno urbano.

Entendiendo que existen razones de interés público, social y cultural y a la vista de los informes técnicos, la Administración Regional colaborará directamente en la financiación de este proyecto mediante la concesión de una subvención, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Esta línea de subvención está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente del ejercicio de 2017.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Turismo, Cultura y Medio Ambiente previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 17 de octubre de 2017.

Dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Este Decreto tiene por objeto establecer las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Cartagena para la elaboración del Plan Director del Anfiteatro Romano de Cartagena y la...

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