Decreto n.º 263/2017, de 29 de noviembre, por el que se establecen criterios para la clasificación de los electores incluidos en el censo de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Región de Murcia y para la asignación de vocales representantes en los plenos de las citadas cámaras.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorInstituto de Turismo de la Región de Murcia
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

8157 Decreto n.º 263/2017, de 29 de noviembre, por el que se establecen criterios para la clasificación de los electores incluidos en el censo de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Región de Murcia y para la asignación de vocales representantes en los plenos de las citadas cámaras.

La Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, en su artículo 11.10, atribuye a la Comunidad Autónoma de Murcia la competencia de desarrollo legislativo y ejecución, en el marco de la legislación básica del Estado y en los términos que la misma establezca, en materia de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación.

La Ley 12/2015, de 30 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Región de Murcia, dictada en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, legislación básica en la materia de aplicación general por todas las Administraciones Públicas con las excepciones previstas en la Disposición final primera de la misma, tiene por objeto desarrollar la regulación de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Región de Murcia, así como la del Consejo de las mismas, regulando en el artículo 25.2 en concordancia con el 13.1 a), la materia objeto de desarrollo reglamentario mediante este Decreto.

De conformidad con las previsiones contenidas en la referida Ley 12/2015, se dictan la Orden de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, de fecha 6 de abril de 2016, por la que se procede a la aprobación del Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia, la Orden de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, de fecha 6 de abril de 2016, por la que se procede a la aprobación del Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Cartagena y la Orden de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, de fecha 15 de abril de 2016, por la que se procede a la aprobación del Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Lorca.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 22.12 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, a propuesta del Consejero de Empleo, Universidades y Empresa, de acuerdo con el dictamen del Consejo Jurídico de la Región de...

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