Decreto n.º 31/2015, de 13 de marzo, por el que se crea el Reconocimiento, como distinción, al personal al servicio de la Administración Regional por su dedicación, notoria y relevante, al servicio público, y se regula su forma de concesión.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La Administración Pública Regional desea reconocer la excelencia en el desempeño del servicio público por parte del personal que integra la Función Pública Regional. Para hacer real y efectivo este reconocimiento, el presente decreto establece un sistema de estímulo y motivación no económica que reconoce de forma pública el desempeño extraordinario y la dedicación de sus empleados públicos.

La Administración Pública Regional es consciente de que para sus empleados públicos, es importante y satisfactorio el reconocimiento de valores tales como la integridad, la responsabilidad, la vocación y la dedicación al servicio público que desarrollan o el extraordinario comportamiento profesional, al margen del desempeño fiel y objetivo de las funciones que tienen encomendadas. El reconocimiento público de estos comportamientos es una conveniencia y una necesidad, siendo el estímulo, un reanimante y una fuerza que entusiasma a la persona y le impulsa a desarrollar nuevas y mejores ejecutorias, a estar motivado, con deseos de cumplir correctamente con las tareas encomendadas, e incluso, transcender hacia la calidad y la excelencia.

Para lograr este tipo de reconocimiento público de los desempeños excelentes, la Administración Pública Regional estima procedente establecer otro tipo de distinciones, que al margen de las recompensas económicas, enorgullezcan a sus poseedores y actúen como símbolo de buenas prácticas, acicate para la mejora continua en la eficiencia y eficacia y en definitiva que sirva de incentivo a los trabajadores públicos para dirigirse al logro de la excelencia en la realización de sus funciones, fortaleciendo su sentido de la responsabilidad.

La concesión de distinciones es una manifestación de la potestad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en virtud de la cual, puede establecer diferencias entre sus empleados en reconocimiento de las actuaciones llevadas a cabo por ellos y que sean consideradas estimables por ser tendentes a la mejora de la eficiencia y eficacia en la prestación de los servicios que ofrece a los ciudadanos. Para evitar la discrecionalidad que suponen las distinciones concedidas como gracias o favores, se hace necesario que se recoja de forma pormenorizada los motivos o méritos que ocasionen el otorgamiento de las distinciones y el procedimiento para su concesión, sometiéndolo así al principio de tipicidad.

La Administración Pública Regional con la creación del Reconocimiento por su dedicación, notoria y relevante a sus empleados públicos pretende incentivar la actividad profesional de sus empleados públicos, para que la consecución de los fines de interés público que persigue sea posible de forma más eficiente y eficaz, al mismo tiempo que lograr la motivación y la realización de sus empleados públicos en la ejecución de sus tareas.

El artículo 14 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, no agota los derechos reconocidos a los empleados públicos, así se recoge en su letra q) que concede a los empleados públicos los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico. Esto es así, de un lado, porque la propia legislación sectorial puede reconocer otros derechos que no se establecen en el listado de carácter básico; y de otro, porque nada impide que la propia legislación de desarrollo de las Administraciones Públicas pueda adicionalmente establecer otros derechos no recogidos de forma expresa en el listado. Por ello, aunque el...

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