Decreto n.º 319/2015, de 29 de diciembre, por el que se establecen nuevos plazos de ejecución y justificación de los previstos en el Decreto n.º 83/2015, de 22 de mayo, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención a la Comunidad de Propietarios edificio “Casa López de Teruel” para las obras de restauración de la antigua casa del Doctor López de Teruel de Lorca.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

12709 Decreto n.º 319/2015, de 29 de diciembre, por el que se establecen nuevos plazos de ejecución y justificación de los previstos en el Decreto n.º 83/2015, de 22 de mayo, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención a la Comunidad de Propietarios edificio “Casa López de Teruel” para las obras de restauración de la antigua casa del Doctor López de Teruel de Lorca.

El Consejo de Gobierno, en su sesión del día 22 de mayo de 2015, acordó aprobar el Decreto n.º 83/2015, de la misma fecha (BORM n.º 119 de 26 de mayo de 2015), por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad de Propietarios Edificio “Casa López de Teruel” para las obras de restauración de la antigua Casa del Doctor López de Teruel de Lorca.

En el artículo 8.2 del Decreto 83/2015, de 22 de mayo, se establece que el plazo para la ejecución de las actuaciones objeto de la subvención será como máximo hasta el 31 de diciembre de 2015 y la justificación de los gastos y pagos que la misma conlleva, se deberá realizar en los tres meses siguientes.

Con fecha 12 de noviembre de 2015, D.ª María Arcas López, Presidenta de la Comunidad de Propietarios Edificio “Casa López de Teruel” solicita la ampliación del plazo de ejecución de la subvención concedida hasta los seis meses siguientes al cobro efectivo de la misma y del plazo de justificación hasta los tres meses siguientes a esa fecha, alegando que, al no haber cobrado la subvención, las obras van muy retrasadas debido a la falta de fondos.

Por lo que, teniendo en cuenta la imposibilidad tanto de finalizar la obra como de justificarla dentro de los plazos establecidos y para que no suponga un perjuicio económico que pueda redundar en el cumplimiento de la finalidad establecida en el Decreto 83/2015, de 22 de mayo, regulador de esta subvención, previos los estudios e informes correspondientes, se hace necesario modificar el mencionado Decreto estableciendo unos nuevos plazos de ejecución y justificación y fijando como fecha límite para la finalización del plazo de ejecución el 30 de septiembre de 2017.

El establecimiento de esta fecha límite de ejecución se justifica porque, tratándose de una subvención que se financia con cargo al préstamo del Banco Europeo de Inversiones (BEI) para la...

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