Decreto n.º 32/2015, de 13 de marzo, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de una subvención a otorgar por concesión directa a las Cofradías de Pescadores de la Región de Murcia para la recogida de datos e información de la flota pesquera artesanal.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Las Cofradías de Pescadores de la Región de Murcia, conscientes de la importancia que la conservación de los recursos pesqueros tiene como soporte básico de su economía, así como de la necesidad de hacer partícipes a sus afiliados en esta tarea, ha considerado necesario disponer de información detallada, real y de calidad, acerca de las distintas pesquerías que conforman su flota pesquera artesanal.

Esta información les servirá de herramienta fundamental para la toma de decisiones, favoreciendo la adopción de medidas que puedan incrementar la productividad en las pesquerías, la conservación o recuperación de caladeros o zonas mas impactadas por la pesca así como para fomentar el ejercicio de una pesca responsable que permita alcanzar el rendimiento máximo sostenible.

La participación directa de los pescadores en estas tareas estrechará su relación con las Cofradías e incrementará la confianza mutua y una mayor comprensión en las decisiones adoptadas.

Los trabajos a realizar irán encaminados al análisis de la situación real de la flota artesanal, recabando información relativa entre otros aspectos a los caladeros, características de dicha flota, tipos de arte utilizados, zonas concretas de práctica habitual de las pesquerías, características de las capturas realizadas (especies, tallas…), así como al tratamiento posterior de dicha información en orden a la elaboración de conclusiones y propuestas de actuación.

Este tipo de información, recabada directamente del propio sector pesquero, es fundamental para la administración, ya que en la actualidad no se dispone de datos de esta naturaleza relativos a la flota pesquera artesanal, y éstos son fundamentales en orden a la elaboración de planes de gestión de las pesquerías y a la adopción de medidas encaminadas a la determinación del rendimiento máximo sostenible de las mismas. Es por ello que los trabajos a realizar se consideran de interés público, habiéndose propuesto la concesión de una subvención a otorgar de forma directa a las cofradías de pescadores para este fin.

Esta ayuda se enmarca dentro de la actividad pública de fomento de las iniciativas pesqueras dirigidas al logro de la explotación equilibrada y responsable de los recursos pesqueros, así como de fomento de la participación del sector pesquero en las decisiones que les afecten previstas en el artículo 3 de la Ley 2/2007, de 12 de marzo, de Pesca y Acuicultura de la Región de Murcia.

El Fondo Europeo de Pesca contempla expresamente la posibilidad de apoyar medidas de interés público que se apliquen con el apoyo activo de los propios operadores, y que tengan entre sus objetivos, entre otros, la contribución de forma sostenible a mejorar la gestión o conservación de los recursos.

Las Cofradías de pescadores representan al sector pesquero de la Región de Murcia, siendo las titulares de las lonjas de primera venta, y disponiendo por tanto de los instrumentos necesarios para poder efectuar los trabajos de recopilación de la información relativa a las pesquerías. La especial naturaleza de los trabajos a realizar, la configuración de las Cofradías de Pescadores como corporaciones de derecho público representativas de los intereses de los pescadores, y la necesidad de trabajar sobre información que ha de ser necesariamente recabada por el propio sector pesquero, dificulta la concurrencia pública del trabajo a realizar, y justifica la idoneidad de las Cofradías para ser destinatarias de una subvención a otorgar por concesión directa.

A la vista de lo anteriormente expresado, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a propuesta de la Consejera de Agricultura y Agua, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de marzo de 2015.

Dispongo:

Artículo 1 Objeto y razones que acreditan el interés público de su concesión y de la dificultad de su convocatoria pública.
  1. El objeto del presente Decreto es la aprobación de las normas especiales reguladoras de la subvención a otorgar a través del procedimiento de concesión directa a las Cofradías de Pescadores de la Región de Murcia para la realización de trabajos de recopilación de datos e información de la flota pesquera artesanal de la Región de Murcia que se recoge como Anexo I.

  2. El interés público del citado proyecto reside en la necesidad de disponer de información detallada, real y fidedigna de la flota artesanal de la Región de Murcia en orden a la elaboración y adopción de las medidas de gestión necesarias para la consecución del rendimiento máximo sostenible de dicha flota.

  3. La naturaleza de los trabajos a realizar, la especial configuración de las Cofradías de Pescadores como corporaciones de derecho público representativas de los intereses del sector pesquero, y la necesidad de trabajar sobre información que ha de ser suministrada por dicho sector, sitúan a dichas entidades en una posición singularmente favorable para ser destinatarias de una subvención a otorgar por concesión directa dificultando la concurrencia pública de los trabajos a realizar.

Artículo 2 Entidad beneficiaria, cuantía de la ayuda y crédito presupuestario afectado.
  1. Las Cofradías de Pescadores de la Región de Murcia serán las entidades a las que se le encomendará la realización del objeto de la subvención mencionada en el artículo 1, autorizándose a tal fin la concesión de las siguientes...

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