Decreto n.º 36/2017, de 26 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de jardín histórico, el Jardín de Floridablanca, en Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

2970 Decreto n.º 36/2017, de 26 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de jardín histórico, el Jardín de Floridablanca, en Murcia.

El artículo 10.Uno.14 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio cultural, histórico, arqueológico, monumental, artístico, paisajístico y científico de interés para la Región.

La Dirección General de Bienes Culturales, por resolución de 3 de julio de 2014, incoó expediente de declaración como bien de interés cultural, con categoría de jardín histórico, a favor del Jardín de Floridablanca, en Murcia, publicada en el BORM número 170 de 25 de julio de 2014, expediente administrativo DBC 000016/2013. Contra la citada resolución se interpuso recurso de alzada que fue resuelto por orden de 29 de octubre de 2014 del Consejero de Educación, Cultura y Universidades.

En la tramitación del expediente emitieron informe favorable la Real Academia de Bellas Artes Santa María de la Arrixaca, la Real Academia Alfonso X el Sabio y la Universidad de Murcia, señalando la especial significación del bien y la necesidad de protegerlo.

De acuerdo con el artículo 16.1 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se han cumplimentado los trámites preceptivos de información pública (BORM número 297, de 27 de diciembre de 2014) para que todas aquellas personas o entidades interesadas, durante el plazo de 20 días hábiles, pudieran formular las alegaciones que estimasen oportunas. Posteriormente se ha concedido trámite de audiencia al Ayuntamiento y a los interesados. Durante estos trámites no se ha presentado ningún escrito de alegaciones por parte de los interesados en el procedimiento.

En consecuencia, terminada la instrucción del procedimiento, la Consejería de Cultura y Portavocía considera que procede declarar bien de interés cultural, con categoría de jardín histórico, el Jardín de Floridablanca, en Murcia, de acuerdo con lo previsto en los artículos 2 y 3 de la Ley 4/2007.

En virtud de lo expuesto en el artículo 13.1 de la Ley 4/2007, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de...

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