Decreto n.º 49/2018, de 27 de abril, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorServicio Murciano de Salud
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Disposiciones Generales

Consejo de Gobierno

2604 Decreto n.º 49/2018, de 27 de abril, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia.

El Decreto del Presidente número 2/2018, de 20 de abril, de reorganización de la Administración Regional, ha modificado el número, la denominación y las competencias de distintas Consejerías, efectuando una nueva distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional afectados.

En consecuencia, resulta procedente establecer los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia, con el fin de facilitar el desarrollo de los cometidos y competencias que le han sido atribuidas.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.16 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 14.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a iniciativa y propuesta del Consejero de Presidencia, por delegación del Presidente, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto del Presidente n.º 15/2018, de 24 de abril, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de 27 de abril de 2018,

Dispongo:

Artículo 1

La Consejería de Presidencia es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: relaciones con la Asamblea Regional y las relaciones institucionales; asesoramiento jurídico, representación y defensa en juicio de la Comunidad Autónoma; relaciones con la Unión Europea, que asume con carácter transversal; cooperación al desarrollo y acción exterior; relaciones con las comunidades asentadas fuera de la Región; fundaciones y colegios profesionales, sin perjuicio de las competencias que en estas materias estén atribuidas a otras Consejerías; registro de asociaciones; coordinación de policías locales; protección civil; emergencias; prevención y extinción de incendios y salvamento; espectáculos públicos y taurinos; fomento de la cultura taurina; protocolo; el ejercicio de funciones y la realización de actuaciones que corresponden a la Administración Regional en materia electoral, de conformidad con la legislación electoral vigente; investigaciones y estudios autonómicos; nombramiento de Notarios, Registradores de la Propiedad y Mercantiles para plazas radicadas en el territorio de la Región de Murcia, y la participación en la fijación de demarcaciones correspondientes a los mismos; impulso y coordinación de las estrategias de apoyo a las...

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