Decreto n.º 73/2016, de 20 de julio, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de la subvención a otorgar por concesión directa al Instituto Español de Oceanografía para la ejecución del proyecto denominado “Red de seguimiento de las praderas de posidonia oceánica y del cambio climático en el litoral de la Región de Murcia” correspondiente a los ejercicios presupuestarios 2016 y 2017.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorI.M.A.S.
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

6549 Decreto n.º 73/2016, de 20 de julio, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de la subvención a otorgar por concesión directa al Instituto Español de Oceanografía para la ejecución del proyecto denominado “Red de seguimiento de las praderas de posidonia oceánica y del cambio climático en el litoral de la Región de Murcia” correspondiente a los ejercicios presupuestarios 2016 y 2017.

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, haciendo uso de las competencias exclusivas en materia de pesca en aguas interiores, acuicultura, así como de protección de los ecosistemas en los que se desarrollan estas actividades, viene realizando desde hace tiempo trabajos de caracterización, valoración ecológica y cartografía de las praderas de fanerógamas marinas, así como estudios sobre el efecto de sus perturbaciones antrópicas extrayéndose de los mismos abundante información, aunque de carácter básico, sobre las praderas de Posidonia oceánica de nuestro litoral.

El mejor conocimiento de este ecosistema, clave para su utilización como herramienta de gestión del litoral y de los recursos marinos costeros, impulsó a la Comunidad Autónoma a colaborar con el Instituto Español de Oceanografía (IEO) en la ejecución de un proyecto común para implantación de redes de vigilancia de Posidonia oceánica mediante convenio de colaboración suscrito en fecha 30 de diciembre de 2003 y publicado en BORM de 7 de febrero de 2004. Dicho proyecto, a través de sucesivos Convenios anuales, viene ejecutándose desde entonces, disponiéndose en la actualidad de relevante información sobre la evolución de la Posidonia oceánica en esta Región.

A la vista de los resultados de los trabajos desarrollados durante estos últimos años, y con apoyo en la base de datos elaborada a partir de la información obtenida, se considera de gran interés continuar con la línea de investigación iniciada.

La importancia de esta comunidad biológica está reconocida tanto a nivel nacional e internacional dada la calificación de las praderas de Posidonia oceánica como Hábitat Prioritario por la Directiva 92/43/CEE del Consejo de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres como a nivel regional, al constituir una de las de mayor importancia en nuestro litoral, habiendo sido dotada de un régimen de especial protección a través de la designación de Lugar de Importancia Comunitaria (LIC ES6200029: Franja litoral sumergida de praderas de Posidonia oceánica de la Región de Murcia). Entre las razones para dicha designación, se destaca el relevante papel que juega en el funcionamiento de los ecosistemas litorales, constituyendo un bioindicador fundamental en orden a la evaluación de la calidad ambiental de las aguas contribuyendo a fines ecológicos y socio-económicos de gran relevancia, lo que justifica sobradamente el interés público en la contribución al proyecto.

Por lo que se refiere a la experiencia investigadora sobre esta comunidad biológica del Centro Oceanográfico de Murcia, se ha publicado recientemente el “Atlas de las praderas marinas de España. (IEO/IEL/UICN, Murcia-Alicante-Málaga)”. Dotado de instalaciones y personal propio para la realización de los trabajos de investigación y sobre la base de la conveniencia de la continuación del seguimiento de la Red implantada por dicho Instituto en los últimos años, su idoneidad como destinatario de una subvención por concesión directa queda justificada, concurriendo además, los requisitos exigidos por el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de julio de 2016,

Dispongo:

Artículo 1 Objeto y razones que acreditan el interés público de la concesión y la dificultad de su convocatoria pública.
  1. El objeto del presente decreto es establecer las normas especiales reguladoras de la subvención a otorgar a través del procedimiento de concesión directa al Instituto Español de Oceanografía para la realización del proyecto denominado “Red de seguimiento de las praderas de Posidonia oceánica y el cambio climático en el litoral de la Región de Murcia”, que se adjunta como Anexo I al presente Decreto.

  2. El interés público del citado proyecto reside en la necesidad de continuar con el conocimiento sobre las praderas de Posidonia oceánica en aguas interiores de la Región de Murcia, y poder así utilizar la información acumulada obtenida como herramienta para la gestión y ordenación del litoral, al tratarse de una comunidad biológica clave en el comportamiento de los ecosistemas litorales, y constituir un bioindicador fundamental en orden a la evaluación de la calidad ambiental de las aguas.

  3. La experiencia del Instituto Español de Oceanografía en el estudio y seguimiento de la evolución de la Posidonia oceánica en aguas exteriores así como en aguas interiores de esta Región durante los años de vigencia del proyecto objeto de subvención; la disponibilidad de una sólida base de datos respecto a la evolución de la especie, elaborada durante los años de investigación del proyecto; y su configuración como institución dedicada especialmente a la investigación del medio marino, sitúan a este organismo en una posición singularmente favorable para recibir la subvención, justificándose así la dificultad de su convocatoria pública.

Artículo 2 Entidad beneficiaria, cuantía de la ayuda y crédito presupuestario afectado

Compatibilidad de la ayuda.

  1. El Instituto Español de Oceanografía es la entidad a la que se le encomendará la realización del objeto de la subvención mencionada en el artículo 1.

  2. A tal fin, se le otorgará a través del procedimiento de concesión directa previsto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, una subvención por importe total de 60.000 euros para los años 2016 y 2017, que se abonarán atendiendo al artículo 2.3. de este Decreto, con cargo a la partida presupuestaria 17.05.00.712B.40999 Proyecto n.º 44401 “Subvención IEO para protección y recuperación de la biodiversidad marina”.

  3. Estos estudios se van a financiar con cargo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, justificándose en la aplicación del artículo 40 del Reglamento (UE) 508/2014, que presenta la finalidad de protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas marinos para beneficiar al sector pesquero en su conjunto ya que con el desarrollo de este proyecto se contribuirá a una mejor gestión o conservación de los recursos biológicos marinos. El importe de la subvención es susceptible de ser cofinanciado con dicho Fondo, con las siguientes anualidades y porcentajes:

AnualidadFEMP (€) (50%)MAGRAMA (€) (25%)CARM (€) (25%)Total (€)20161500075007500300002017150007500750030000Total30000150001500060000 4. El Instituto Español de Oceanografía, como entidad beneficiaria de una ayuda con financiación procedente del Fondo Europeo de la Pesca, estará sujeta a los controles financieros así como a las obligaciones contenidas en el Reglamento (UE) 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n o 1083/2006 del Consejo; Reglamento (UE) n.º 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y resto de normativa comunitaria reguladora
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