Decreto n.º 9/2016, de 17 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto
  1. Comunidad Autónoma

  1. Disposiciones Generales

Consejo de Gobierno

1296 Decreto n.º 9/2016, de 17 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Exposición de motivos

El artículo 51 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la creación y estructuración de su propia Administración Pública, dentro de los principios generales y normas básicas del Estado.

Por Ley 6/2009, de 9 de octubre, se creó el Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia. En los cinco años transcurridos desde entonces, el Organismo Autónomo ha realizado sus funciones y ejercido sus competencias con la organización que le vino dada por el Decreto 96/2005, de 29 de julio, por el que se establecía la Estructura Orgánica del anterior Organismo Autónomo Imprenta Regional.

Ello inicialmente no planteó problemas mayores de adecuación porque el nuevo Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia suponía la continuidad renovada y actualizada del anterior, en el que los recursos personales, los medios materiales y las funciones básicas seguían prácticamente siendo los mismos.

No obstante, el transcurso de este periodo ha venido marcado por la crisis económica que se ha traducido, entre otras cosas, en una revisión general de la dimensión del sector público.

En la actualidad se pone el acento en el ajuste de los costes de funcionamiento de los servicios públicos para lograr un equilibrio con las posibilidades económicas reales de su mantenimiento, y ello sin merma de la calidad y volumen de las prestaciones a los ciudadanos.

Esta es la razón que aconseja el establecimiento de una nueva estructura orgánica para el Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia.

En la nueva estructura se reducen, por tanto, unidades administrativas. El redimensionamiento es posible por el alto grado de simplificación y automatización llevado a cabo en el Organismo Autónomo desde 2010, como consecuencia del Plan Estratégico 2010-2014 aprobado para el mismo, y llevado a cabo con éxito en más de un 80% de sus objetivos, lo que le permite cumplir sus fines, realizar sus funciones, y ejercer sus competencias sin menoscabo en la calidad y cantidad de los servicios que se prestan.

De conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, corresponde al Consejo de Gobierno, a iniciativa de los Consejeros afectados, previo informe de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y a propuesta del Consejero competente en materia de organización administrativa, el establecimiento o modificación, por Decreto, de la estructura orgánica de cada Consejería y sus organismos públicos.

En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Presidencia, previo informe de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y a propuesta del titular de la misma, de acuerdo con el Consejo Jurídico de la Región de Murcia, y previa deliberación y acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 17 de febrero de 2016,

Dispongo

?Capítulo I

Disposiciones generales Artículos 1 a 5
Artículo 1 Objeto. ?

La presente norma tiene por objeto establecer la estructura orgánica del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia, creado por Ley 6/2009, de 9 de octubre.

Artículo 2 Naturaleza, órganos y estructura del Organismo Autónomo. ?
  1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 6/2009, de 9 de octubre, el...

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