Decreto de la Presidencia n.º 33/2015, de 31 de julio, por el que se modifica el Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, de reorganización de la Administración Regional.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

En virtud del artículo 5.3 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, que atribuye al Presidente de la Comunidad Autónoma la facultad de crear y suprimir las Consejerías, así como de modificar la denominación y las competencias atribuidas a las existentes, mediante Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, de reorganización de la Administración Regional, se llevó a cabo una nueva distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional, modificada posteriormente mediante el Decreto de la Presidencia n.º 32/2015, de 7 de julio.

Siendo precisa una nueva modificación, y de acuerdo con el citado artículo, en uso de las facultades que legalmente me están atribuidas,

Dispongo:

Artículo único Modificaci?ón del Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, de reorganización de la Administración Regional.

El Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, de reorganización de la Administración Regional, publicado en el suplemento n.º 2 del BORM n.º 152, se modifica en los siguientes términos:

Uno. El párrafo primero del artículo 2 queda redactado del siguiente modo:

La Consejería de Presidencia es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: administración local, relaciones con la Asamblea Regional y las relaciones institucionales; asesoramiento jurídico, representación y defensa en juicio de la Comunidad Autónoma; relaciones con la Unión Europea, cooperación al desarrollo y acción exterior; fundaciones y colegios profesionales, sin perjuicio de las competencias que en estas materias estén atribuidas a otras Consejerías; asociaciones y fomento del asociacionismo; espectáculos públicos y taurinos; participación ciudadana en la vida pública; transparencia y buen gobierno; relaciones con las comunidades asentadas fuera de la Región; protocolo; el ejercicio de funciones y la realización de actuaciones que correspondan a la Administración Regional en materia electoral, de conformidad con la legislación electoral vigente; investigaciones y estudios autonómicos; nombramiento de Notarios...

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