Decreto del Presidente n.º 3/2017, de 4 de mayo, de reorganización de la Administración Regional.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Agencia Tributaria de la Región de Murcia |
Rango de Ley | Decreto |
-
Comunidad Autónoma
-
Disposiciones Generales
Presidencia
3111 Decreto del Presidente n.º 3/2017, de 4 de mayo, de reorganización de la Administración Regional.
El artículo 5.3 de la Ley 6/2004, de 28, de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, atribuye al Presidente de la Comunidad Autónoma la facultad de crear y suprimir las Consejerías, o modificar la denominación y las competencias atribuidas a las existentes, así como establecer el orden de prelación entre las mismas.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades que legalmente me están atribuidas.
Dispongo:
La Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se organiza en las Consejerías que a continuación se citan y con el orden de prelación que asimismo se indica:
- Consejería de Presidencia y Fomento.
- Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.
- Consejería de Transparencia, Participación y Portavoz.
- Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca.
- Consejería de Empleo, Universidades y Empresa.
- Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
- Consejería de Salud.
- Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.
- Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente.
La Consejería de Presidencia es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: relaciones con la Asamblea Regional y las relaciones institucionales; asesoramiento jurídico, representación y defensa en juicio de la Comunidad Autónoma; relaciones con la Unión Europea, que asume con carácter transversal; cooperación al desarrollo y acción exterior; relaciones con las comunidades asentadas fuera de la Región; fundaciones y colegios profesionales, sin perjuicio de las competencias que en estas materias estén atribuidas a otras Consejerías; asociaciones y fomento del asociacionismo; coordinación de policías locales; protección civil; emergencias; prevención y extinción de incendios y salvamento; espectáculos públicos y taurinos; fomento de la cultura taurina; protocolo; el ejercicio de funciones y la realización de actuaciones que correspondan a la Administración Regional en materia electoral, de conformidad con la legislación electoral vigente; investigaciones y estudios autonómicos; nombramiento de Notarios, Registradores de la Propiedad y Mercantiles para plazas radicadas en el territorio de la Región de Murcia, y la participación en la fijación de demarcaciones correspondientes a los mismos; impulso y coordinación de las estrategias de apoyo a las víctimas del terrorismo, al margen de las atribuciones conferidas a las distintas Consejerías por la legislación vigente en victimas del terrorismo.
Este Departamento asume también la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: vivienda; arquitectura; urbanismo; carreteras y transportes; ordenación del territorio; puertos, costas y actividades náuticas, cartografía, y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.
Asimismo, la Consejería de Presidencia y Fomento asume las funciones previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, atribuidas a la Secretaría General de la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba