Decreto del Presidente n.º 32/2017, de 16 de mayo, por el que se modifica el Decreto del Presidente n.º 3/2017, de 4 de mayo, de Reorganización de la Administración Regional.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Servicio Murciano de Salud |
Rango de Ley | Decreto |
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Comunidad Autónoma
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Disposiciones Generales
Presidencia
3446 Decreto del Presidente n.º 32/2017, de 16 de mayo, por el que se modifica el Decreto del Presidente n.º 3/2017, de 4 de mayo, de Reorganización de la Administración Regional.
Por Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma n.º 3/2017, de 4 de mayo, de reorganización de la Administración Regional, se establecieron el número, denominación y competencias de las Consejerías, llevándose a cabo una nueva distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional.
El artículo 5.3 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, atribuye al Presidente de la Comunidad Autónoma la facultad de crear y suprimir las Consejerías, o de modificar la denominación y las competencias atribuidas a las existentes.
En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que legalmente me están atribuidas,
Dispongo:
El Decreto del Presidente n.º 3/2017, de 4 de mayo, de reorganización de la Administración Regional, publicado en el BORM n.º 102, se modifica en los siguientes términos:
Uno. El párrafo primero y segundo del artículo 2 quedan redactados del siguiente modo:
La Consejería de Presidencia y Fomento es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: relaciones con la Asamblea Regional y las relaciones institucionales; asesoramiento jurídico, representación y defensa en juicio de la Comunidad Autónoma; relaciones con la Unión Europea, que asume con carácter transversal; cooperación al desarrollo y acción exterior; relaciones con las comunidades asentadas fuera de la Región; fundaciones y colegios profesionales, sin perjuicio de las competencias que en estas materias estén atribuidas a otras Consejerías; registro de las asociaciones; coordinación de policías locales; protección civil; emergencias; prevención y extinción de incendios y salvamento; espectáculos públicos y taurinos, fomento de la cultura taurina; protocolo; el ejercicio de funciones y la realización de actuaciones que correspondan a la Administración Regional en...
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