Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas por la que se otorga a la Entidad de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Región de Murcia, (Esamur), la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial denominada “Central de Cogeneración con motor de biogás de 760 kw en Edar de Molina de Segura” en el término municipal de Molina de Segura.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Universidades, Empresa e Investigación
Rango de LeyResolución

Visto el expediente 3E08AT23813 iniciado a instancia de la Entidad de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Región de Murcia, (Esamur), con C.I.F. Q-3000227-C, domiciliada en C/ Madre Paula Gil Cano, s/n; edificio Torre Jemeca, 9.ª planta. 30009 Murcia, en el cual constan y le son de aplicación los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero: La entidad presentó solicitud el 5 de septiembre de 2008 al objeto de que por esta Dirección General se otorgue la autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución, de la instalación de producción de energía eléctrica en Régimen especial denominada “Central de Cogeneración con motor de biogás de 760 kw en Edar de Molina de Segura”, situada en el paraje Campotejar Baja en el término municipal de Molina de Segura, adjuntando el proyecto suscrito por técnico competente, visado por el colegio profesional correspondiente, con la finalidad de producir electricidad para consumo propio y venta del excedente. Posteriormente el 24 de octubre de 2008 presenta anexo al proyecto.

El 28 de noviembre de 2008 la empresa presenta documento inicial ambiental de proyecto, que fue remitido el 28 de enero de 2009 a la Dirección General de Planificación, Evaluación y Control Ambiental, con la finalidad de determinar si es o no necesario someter al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental la instalación mencionada.

Segundo: La solicitud presentada se hace al amparo de lo dispuesto en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, que es de aplicación en virtud de lo regulado en el art. 2.1 de la Orden de 25 de abril de 2001, de la Consejería de Tecnologías, Industria y Comercio, por la que se establecen procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica de tensión superior a 1 KV.

Tercero: La citada instalación dispone de reconocimiento de la condición de instalación de producción de energía eléctrica en Régimen Especial mediante Resolución de 18 de febrero de 2009.

Cuarto: Mediante informe de la Dirección General de Planificación, Evaluación y Control Ambiental, se establece que la instalación se ha sometido a acuerdo de la Comisión Técnica de Evaluación de Impacto Ambiental reunida en convocatoria de 20 de mayo de 2009 y se acuerda que no es necesario que se realice el procedimiento de evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en el R.D. Legislativo 1/2008, de 11 de enero, publicado en el B.O.R.M. nº 140 de 20 de junio de 2009.

Quinto: La solicitud ha sido sometida a información pública mediante anuncio publicado en el B.O.R.M., nº 165 de 20 de julio 2009 durante un plazo de veinte días, no habiéndose presentado en dicho plazo ninguna alegación.

Séptimo: La empresa dispone de la confirmación por parte de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U...

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