Decreto n.º 165/2014, de 6 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a los Ayuntamientos de la Región de Murcia, para la prestación de servicios y programas en materia de atención a mujeres víctimas de violencia de género.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El Decreto de la Presidencia n.º 4/2014, de 10 de abril, de reorganización de la Administración Regional, establece la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Orden de Prelación de las Consejerías, atribuyendo, en su artículo 8, a la Consejería de Sanidad y Política Social, entre otras, las competencias en políticas de mujer.

El Decreto de Consejo de Gobierno nº 46/2014, de 14 de abril, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Sanidad y Política Social, dispone que la Dirección General de Política Social ejercerá, entre otras, las competencias en materia de prevención de violencia de género.

De este modo, le corresponde así mismo el desarrollo y promoción de actuaciones integrales encaminadas a la erradicación de la violencia de género, incluyendo medidas de prevención, protección e inserción social de las víctimas, y el fomento, diseño y propuesta de planes de actuación de colaboración interinstitucional.

La Ley 7/2007, de 4 de abril, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de Protección contra la Violencia de Género en la Región de Murcia, establece como principios generales, entre otros, la no discriminación de las mujeres a favor de los hombres, la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la eliminación de la violencia ejercida contra las mujeres en todas sus formas y manifestaciones.

De acuerdo con este marco competencial, la Consejería de Sanidad y Política Social a través de la Dirección General de Política Social, considera como objetivo prioritario apoyar la realización de cuantos programas, proyectos y actividades emprendan las Corporaciones Locales de la Región de Murcia y que, por su finalidad, contribuyan a hacer efectivo el apoyo a las víctimas de violencia de género así como erradicar la misma del orden social de la Región de Murcia.

La actuación a través del programa para la prestación de servicios en materia de atención a mujeres víctimas de violencia de género, resulta de indudable interés público y social, en la medida en que se pretende que las mujeres víctimas de violencia de género sean capaces de superar las secuelas del maltrato y enfrentarse a su vida de forma independiente, dotándolas de las habilidades sociales y del equilibrio psicológico necesario para ello.

Para garantizar una mejor atención a todas las mujeres víctimas de violencia de género en la Región de Murcia, se ha considerado que la Red CAVI se configure de la siguiente manera:

  1. Centro de Atención Especializada (CAVI), que se ubicarán en los Ayuntamientos cabecera en función del número de habitantes y con más casos de usuarias del CAVI, el cual puede tener varios municipios de influencia, en donde los tres perfiles profesionales (psicología, jurídica y social) darán cobertura a todo su radio de acción.

  2. Punto de Atención Especializada (PAE), ubicados en algunos municipios de la Red CAVI, sirviendo de enlace entre la sede CAVI y el resto de municipios de su ámbito de influencia, prestando servicio de psicología. La atención jurídica y social se realizará por los/as profesionales de la sede CAVI del Ayuntamiento cabecera.

  3. En aquellos municipios situados en el área de influencia de cada CAVI y que no disponen de PAE, se prestará servicio profesional de psicología en régimen de itinerancia por el CAVI del Ayuntamiento cabecera.

Si bien, la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, ha modificado las competencias propias de los municipios, de manera que la promoción y reinserción social ya no se incluye entre las mismas, la Disposición Transitoria segunda de dicha Ley prevé un periodo transitorio para que la titularidad de las competencias propias municipales en estas materias y la prestación de los servicios derivados de tales competencias, sean asumidas por las Comunidades Autónomas, de manera que mientras no se produzca dicha asunción, los Ayuntamientos deberán seguir prestando los mismos servicios sociales que venían prestando antes de la entrada en vigor de dicho cuerpo normativo.

Por eso se considera necesario participar en los gastos derivados de los servicios de asistencia integral que contempla el artículo 47 de la Ley 7/2007, de 4 de abril, para la igualdad entre Mujeres y Hombres y de protección contra la violencia de género en la Región de Murcia, mediante la concesión de una subvención a los Ayuntamientos de la Región de Murcia en cuyos municipios se prestan los mencionados servicios.

Entendiendo, por tanto, que existen razones de interés público y social que lo justifican, la Administración Regional, a través de la Consejería de Sanidad y Política Social, pretende seguir fomentando el desarrollo de los servicios en materia de atención a mujeres víctimas de violencia de género, mediante la concesión directa de subvenciones con arreglo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La concesión de las subvenciones de esta naturaleza y conforme a lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, corresponde a la Consejera de Sanidad y Política Social.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Sanidad y Política Social y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 6 de Junio de 2014, de conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR