Decreto n.º 82/2010, de 30 de abril, por el que se modifica el Decreto n.º 231/2009, de 17 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención al ayuntamiento de Lorca para la continuación de la ejecución del Proyecto Integral de Espacio Joven.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El Consejo de Gobierno, en su sesión del día 17 de julio de 2009, acordó aprobar el Decreto n.º 231/2009, de 17 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Lorca para la continuación de la ejecución del Proyecto Integral de Espacio Joven.

Para dar cumplimiento a la finalidad establecida en el citado Decreto, se ha considerado imprescindible modificar el artículo 5. “Crédito Presupuestario, cuantía y pago”.

Por todo ello, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a propuesta del Consejero Cultura y Turismo, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 30 de abril de 2010.

Dispongo

Artículo único – Modificación del Decreto n.º 231/2009, de 17 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Lorca para la continuación de la ejecución del Proyecto Integral de Espacio Joven.

Se modifica el artículo 5, que queda redactado de la siguiente manera:

La subvención se concederá del siguiente modo:

1.- Por parte del Instituto de la Juventud, con cargo a los créditos para ello previstos en la partida presupuestaria 55.00.00.323A.76440: “Inversiones en instalaciones juveniles”, proyecto 33532, “A Ayuntamientos para instalaciones Juveniles”, subproyecto 033532100013, y supondrá un gasto plurianual, por un importe total de un millón trescientos sesenta y nueve mil setecientos once euros con ochénta céntimos (1.369.711,80.-€), que se distribuirá en tres anualidades:

- En 2009, una primera aportación por importe de 258.611,80 €

- En 2010, una segunda aportación por importe de 250.000,00 €

- En 2011, una tercera aportación por importe de 861.100 €

El pago del importe de la primera anualidad de la subvención concedida se realizará en el momento de la concesión, con carácter previo a la justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió, toda vez que esta subvención...

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