Decreto n.º 32/2011, de 18 de marzo, de concesión directa de una subvención a la empresa Autobuses Urbanos Bartolomé Muñoz, S.L. para la implantación del Unibono, del sistema tarifario simplificado y otras mejoras en el transporte público urbano del municipio de Lorca.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Abril de 2011
SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La Entidad Pública del Transporte de la Región de Murcia, adscrita a la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio como órgano de la Comunidad Autónoma competente en materia de transporte, tiene entre sus líneas de actuación no sólo las funciones de ordenación del transporte terrestre cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Región de Murcia, sino también desarrollar, ejecutar y colaborar en aquellos programas dirigidos al fomento, promoción y mejora de los servicios públicos de transporte de viajeros.

El Gobierno regional, a través de la Entidad Pública del Transporte, está impulsando el proyecto de Simplificación Tarifaria en los servicios de transporte público regular permanente de uso general de viajeros por carretera. Este proyecto que supone la simplificación de la compleja oferta actual de tarifas existentes en toda la Región de Murcia, que asciende a más de 700 tarifas distintas, a únicamente 3, el Billete ordinario(urbano/metropolitano), Bono 10 y Unibono (General/Estudiante), más los títulos correspondientes a los bonos sociales que los diferentes Ayuntamientos apliquen en virtud de políticas sociales dentro del territorio de su municipio, consta de diferentes fases, correspondiendo la primera de ellas a la implantación que se llevó a cabo en octubre de 2008 del Unibono universitario en el municipio de Murcia, procediendo en diciembre de 2010 a la segunda fase correspondiente a la implantación del sistema tarifario simplificado en todo el municipio de Murcia, dando así paso, en este momento, a la tercera fase que supone la aplicación de este nuevo sistema tarifario en el municipio de Lorca, para, a continuación extenderlo a Cartagena, posteriormente al área metropolitana del municipio de Murcia y, finalmente, a toda la Región de Murcia

De este modo, y una vez se ha implantado ya la simplificación tarifaria en el municipio de Murcia, la siguiente fase de dicho proyecto corresponde ahora a su extensión a Lorca, siendo este municipio uno de los principales focos de movilidad en la Región de Murcia en los que resulta necesario llevar a cabo una importante política de mejora del servicio de transporte público que se presta al ciudadano. En este sentido, y en aras de favorecer una movilidad más sostenible, más segura y limpia, respetuosa con el medio ambiente y con la que se consiga un mayor ahorro energético y una disminución de la congestión viaria, haciendo menos gravoso a las economías familiares este gasto que, en la mayoría de las ocasiones, resulta necesario e inevitable, el objetivo que se persigue con la concesión de esta subvención es financiar a la empresa concesionaria la compensación por la implantación del Sistema Tarifario Simplificado y de las inversiones que se realicen para la mejora general de los servicios de transporte regular urbano de viajeros por carretera del municipio de Lorca.

Por lo expuesto, se considera necesario colaborar financieramente en este proyecto.

Considerando el marco descrito y valorando el interés público, económico y social de la actuación propuesta, la Administración Regional, haciendo uso de las competencias que, en materia de transporte, le confiere el artículo 10.4 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, colaborará directamente en la financiación de estas actuaciones, a través de la Entidad Pública del Transporte de la Región de Murcia, mediante la concesión de una subvención directa con arreglo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, señala en su artículo 23.1 que únicamente podrán concederse subvenciones de forma directa en los casos previstos en el artículo 22.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que constituye normativa básica en la materia y que, a su vez, señala que podrán concederse de...

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