Decreto n.º 89/ 2005, de 22 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, aprobado por Ley Orgánica 4/ 1982, de 9 de junio, establece en su artículo 9.2 b) que la Comunidad Autónoma, en el ámbito de sus competencias y a través de sus órganos, velará por la promoción de las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud.

Asimismo, también el Estatuto de Autonomía, en su artículo 10. Uno.

20, atribuye como competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la promoción de la mujer.

Esta referencia normativa constituye el título competencial que específicamente habilita a la Comunidad Autónoma a desarrollar en su ámbito territorial una política de la mujer y cuya gestión es, precisamente, la finalidad a la que se destinó el Instituto de la Mujer de la Región de Murcia.

Por todo lo anterior, mediante la Ley 12/ 2002, de 3 de diciembre, se creó el Instituto de la Mujer de la Región de Murcia como organismo autónomo destinado al cumplimiento de las expresadas competencias y con la finalidad de prestar servicios y crear canales más adecuados para la participación activa de las mujeres en la Región de Murcia y, al propio tiempo, configurarse como un instrumento amplio que recogiera todos los derechos de las mujeres y cuyo objeto sea el reconocimiento de los problemas que en la actualidad tienen las mujeres murcianas, actuar en la búsqueda de soluciones de los mismos y crear un marco de desarrollo de planes integrales de la mujer de la Región de Murcia.

La elección de la citada fórmula organizativa respondía, de una parte, al régimen jurídico aplicable a las funciones que se le atribuyen al Instituto de la Mujer de la Región de Murcia y, de otro, a garantizar la realización de una política de mujer de carácter integral, alcanzando la máxima coordinación de la actuación de las Administraciones Públicas en tanto que afecte a cualquier aspecto de la vida cotidiana de las mujeres.

En su virtud, a iniciativa del Consejero de Presidencia, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Consejo Jurídico de la Región de Murcia, previa deliberación y acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 22 de Julio de 2005 Dispongo Capítulo I. Disposiciones Generales.

Artículo 1 Naturaleza, clasificación del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia y determinación del objeto de la norma.
  1. El Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, creado por la Ley 12/ 2002, de 3 de diciembre, es un Organismo Autónomo de carácter administrativo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR