Decreto n.º 146/2014, de 16 de mayo, por el que se modifica el Decreto 46/2014, de 14 de abril, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Sanidad y Política Social.

Fecha de Entrada en Vigor20 de Mayo de 2014
SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

En consideración al Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma número 4/2014, de 10 de abril, de reorganización de la Administración Regional, que modifica el número, denominación y competencias de las Consejerías, así como su orden de prelación, se ha llevado a cabo una nueva distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional, que se materializa en el establecimiento de los respectivos Órganos Directivos de las diferentes Consejerías, mediante la aprobación de los correspondientes Decretos de Consejo de Gobierno.

Por lo que respecta a la Consejería de Sanidad y Política Social, la determinación de estos Órganos Directivos y de sus respectivas competencias ha sido fijada en el Decreto 46/2014, de 14 de abril. Por razones organizativas y de eficacia en la gestión administrativa, se considera conveniente introducir modificaciones de carácter muy puntual en su articulado que contribuyan a la concreción y mejora de la organización administrativa y de las competencias y funciones atribuidas.

En tal sentido, se modifican la denominación de dos de las Subdirecciones Generales de la Dirección General de Planificación Sociosanitaria, Farmacia y Atención al Ciudadano y se introduce la previsión de una nueva Subdirección General dependiente de la Dirección General de Política Social, en consideración a las nuevas competencias asumidas por este órgano directivo tras la última reorganización de la Administración Regional. En segundo término, se concretan y clarificar las competencias y funciones de la citada Dirección General de Planificación Sociosanitaria, Farmacia y Atención al Ciudadano en lo que se refiere al ámbito competencial de la ordenación de las profesiones sanitarias, la docencia, la formación continuada y la formación sanitaria especializada de los profesionales sanitarios.

En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Sanidad y Política Social y a propuesta del Consejero de Presidencia y Empleo, por delegación del Presidente, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto nº 16/2014, de 10 de abril, y de conformidad con lo previsto en los artículos 22.16 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de...

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