Decreto n.º 9/2013, de 25 de enero, por el que se modifica el Decreto 148/2011, de 8 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, Formación y Empleo.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Por Decreto 148/2011, de 8 de julio, modificado por Decreto 228/2011, de 15 de julio, se establecieron los órganos directivos de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, atribuyendo a la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa la competencia de planificación educativa y escolarización, a la Dirección General de Infraestructuras y Promoción Educativa la competencia de creación y autorización de centros docentes y a la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas todas las competencias en materia de formación profesional, educación de personas adultas y enseñanzas de régimen especial.

Por otro lado, la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas ha asumido nuevas competencias en relación a la autorización de determinados centros integrados de formación profesional en virtud del Decreto n.º 73/2012, de 25 de mayo, por el que se establece el Régimen Jurídico de la autorización como Centros Integrados, de Centros de Formación Profesional Privados y Públicos no dependientes de la Administración Regional.

Por razones organizativas y de eficacia en la gestión administrativa, se considera conveniente clarificar la distribución de las citadas competencias entre los tres centros directivos mencionados, para lo que resulta preciso modificar el Decreto 148/2011, de 8 de julio.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.16 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 14.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Publica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a iniciativa del Consejero de Educación, Formación y Empleo, a propuesta del Consejero de Presidencia, por delegación del Presidente, (Decreto n.º 27/2011, de 28 de junio, BORM de 7 de julio) y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 25 de enero de 2013,

Dispongo

Artículo primero

Se modifica el artículo quinto del Decreto 148/2011, de 8 de julio, en la redacción dada por el Decreto 228/2011, de 15 de julio, que queda redactado de la siguiente forma:

La Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas asume todas las competencias del Departamento en materia de formación profesional, educación de personas adultas y enseñanzas...

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