Orden del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de 26 de abril de 2010, de corrección de errores materiales del Plan General Municipal de Ordenación de Molina de Segura. Expediente 236/04 de planeamiento.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Públicas y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

Con fecha 26 de abril de 2010 el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, ha dictado la siguiente Orden:

Antecedentes de hecho

PRIMERO.- El Plan General Municipal de Ordenación (PGMO) de Molina de Segura fue aprobado mediante órdenes de 11 de julio de 2006, 27 de diciembre de 2006 y 17 de octubre de 2007.

SEGUNDO.- Con fecha de registro de entrada de 23 de abril de 2009 el Ayuntamiento remitió documento de corrección de errores materiales de su PGMO aprobado en sesión plenaria de 30 de marzo de 2009.

TERCERO.- A la vista de dicho documento y previo informe del Servicio de Urbanismo de fecha 26 de junio de 2009, el Director General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emitió el suyo de 24 de julio de 2009 que, en lo que interesa, se transcribe a continuación:

Analizada la documentación aportada, se estiman como errores materiales y se considera adecuada la solución de las propuestas: nº 1 en su primer apartado, la 2 en su tercer apartado, la 3, 6, 9, 10, 12, 16, 19 y la 20 en su primero y segundo apartado.

La nº5 en el siguiente sentido: Se considera adecuado corregir el error en el sentido de cambiar la trama del equipamiento deportivo (EDB) y cambiar la calificación y trama de EVB por equipamiento en las parcelas del parque de bomberos y parcela al Norte del mismo. No está justificado y no se trata de un error la ampliación del colegio la Purísima y la supresión de la zona verde al Oeste del mismo.

La nº 20 en su tercer apartado: Se requiere mayor aclaración en relación con las denominaciones de las unidades y superficies adscritas, ya que, no coincide la numeración del ámbito 3 con la del espacio libre discontinuo.

En el resto no queda justificado que se trate de errores materiales y/o la solución adoptada para su corrección no es adecuada.

En relación con los planos aportados se ha de señalar que éstos quedan afectados por las consideraciones anteriores, y se observa que:

Los planos 2007-5-1 y 2009-5-3 sobran porque no incluyen ninguno de los errores relacionados en la memoria. No se aporta el plano 2007-4-3 de la propuesta 8 apartado primero, ni el 2010-2-2 de la propuesta 4.

Se introducen algunos cambios sin justificación como en el plano 2009-4-1 la eliminación de una calle en el Tapiado al Noreste del cementerio (límite de un ED tramitado).

En la leyenda se pretende asignar el mismo grafismo, tipo de línea, para representar alineación y retranqueo, cuando son determinaciones muy distintas con...

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