Decreto n.º 186/2010, de 9 de julio, de concesión directa de una subvención al Excmo. Ayuntamiento de Molina de Segura, para el equipamiento de Centro de Atención a la Infancia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La conciliación de la vida familiar y laboral de los ciudadanos es uno de los objetivos que la Administración Autonómica se ha propuesto. Por medio de dicha conciliación se pretende congeniar la incorporación de las mujeres y hombres al empleo.

En un estado de derecho tendente al bienestar social, la respuesta de los poderes públicos en la atención a las necesidades y problemática de la infancia, ha de ser una política que transcienda la meramente familiar y que complemente la pluralidad de necesidades y los cambios operados en el seno de la sociedad actual.

Un adecuado funcionamiento de los servicios públicos requiere no solo el ejercicio por cada administración de sus competencias respectivas, sino su permanente cooperación para rentabilizar los recursos públicos destinados a la infancia. En esta dirección, la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración ha venido desarrollando actuaciones tendentes a producir un incremento de plazas de atención socio-educativa a la infancia de 0-3 años. El objeto de estos programas es la creación de nuevos servicios de atención a la primera infancia (0-3 años) para la conciliación de la vida familiar y laboral o ampliación de los ya existentes, siendo uno de estos servicios la construcción de Centros y Centros de Atención a la Infancia.

El Excmo. Ayuntamiento de Molina de Segura ya ha construido un Centro de Atención a la Infancia, sito en c/ Maracaibo Urb. La Alcayna, por lo que ahora se hace preciso proceder a su equipamiento.

La Administración Regional colabora con un setenta y cinco por ciento en el desarrollo de esta actividad, consignándose la cantidad de 20.000 €, (VEINTE MIL).

Por su parte, el Excmo. Ayuntamiento de Molina de Segura aportará como mínimo el 25% del coste total del proyecto a realizar en su territorio.

Por ello, entendiendo que existen razones de interés público y social, la Administración Regional colaborará directamente en la financiación de estas actuaciones, a través de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, mediante la concesión de subvenciones directas, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a los municipios competencia en la prestación de los servicios sociales. En el marco de la colaboración de la Administración Regional con...

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