Orden del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, de fecha 20 de septiembre de 2012, relativa a la aprobación definitiva de la modificación n.º 111 del PGMO de Murcia, en el Sector ZP-PN4-2. Expte. 149/09 de planeamiento.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

Con fecha 20 de septiembre de 2012 el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, ha dictado la siguiente Orden:

Antecedentes de hecho

Primero.- El Ayuntamiento de Murcia, en sesión plenaria de 28 de enero de 2010, aprobó inicialmente la modificación de referencia la sometió a información pública mediante la inserción de los correspondientes anuncios en los diarios La Verdad y La Opinión de 10 de junio de 2010 y BORM de 19 de ese mismo mes y año. Asimismo solicitó informe de la Dirección General competente en materia de urbanismo.

Sobre dicha aprobación inicial se emitió, con fecha 11 de enero de 2011, informe por parte de la Dirección General de Territorio y Vivienda, en el que se indicaban una serie de reparos.

Segundo.- La presente modificación fue aprobada provisionalmente por el Ayuntamiento en sesión plenaria de 29 de septiembre de 2011, y se remitió a esta Consejería para su aprobación definitiva. Lo que hizo mediante oficio de alcaldía de 17 de noviembre de 2011 (RE: 2/12/12).

Tercero.- Con fecha 8 de febrero de 2012, el Servicio de Urbanismo emitió informe sobre la documentación que hasta ese momento conforma dicha Modificación Plan General, que obra en el expediente y que, por coincidir sustancialmente con el siguiente dictamen, se obvia su reproducción. Y, la Comisión de Coordinación de Política Territorial, en su sesión de 23 de febrero de 2012, y, oído el anterior informe acuerda que con anterioridad a su aprobación definitiva, se deben subsanar las siguientes deficiencias:

1.- La redacción del Programa de Actuación que se recoge como vigente difiere de la que figura en el documento con Toma de Conocimiento 05/03/02. Dado que la modificación solamente afecta al sector ZP-Pn04 se ha de incluir como modificado sólo el párrafo correspondiente del mencionado documento sustituyendo ZP-Pn04 por ZP-Pn04-1, ZP-Pn04-2, ZP-Pn04-3. En caso de que deban introducirse más cambios por actualización de la redacción a otras modificaciones tramitadas se ha de recoger su justificación.

2.- En las fichas modificadas se observan los siguientes errores:

a. En la ficha del sector ZP-Pn04-2 en las reservas mínimas para dotaciones públicas falta la columna de “Total”.

b. La ficha del sector ZP-Pn04-3 en los objetivos se ha de hacer referencia al ZP-Pn04-2 en lugar del ZP-Pn04-3; y en las reservas mínimas falta igualmente la columna de “Total” y se ha incluido el dato en la de “Otras”.

3. Debe aparecer como promotor el...

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