Decreto n.º 159/2010, de 18 de junio, de concesión directa de una subvención a la Federación de Municipios de la Región de Murcia para asesoramiento en la aplicación de la Ley de Protección Ambiental Integrada y apoyo a los municipios en las tareas de calificación ambiental de actividades.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene atribuido, conforme el artículo 11.3) de su Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de protección del medio ambiente y el establecimiento de normas adicionales de protección en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca.

Por Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma n.º 26/2008, de 25 de septiembre, de Reorganización de la Administración Regional, la Consejería de Agricultura y Agua es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de agricultura, ganadería, pesca, agua y medio ambiente.

De acuerdo con el artículo undécimo del Decreto 325 /2008, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Agricultura y Agua, la Dirección General de Planificación, Evaluación y Control Ambiental, asume las competencias y funciones en materia de planificación y prevención de la contaminación, vigilancia e inspección ambiental, evaluación ambiental de planes y proyectos, autorización ambiental integrada y calificación ambiental. Así como las relativas al cambio climático y al fomento del medio ambiente.

Por otro lado, la Ley 4/2009, de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada, tiene por objeto establecer el régimen jurídico y los procedimientos integrados de intervención administrativa los que deben sujetarse los planes, programas, proyectos y actividades que pueden afectar al medio ambiente, así como diversos mecanismos de fomento, con la finalidad de alcanzar un elevado nivel de protección del medio ambiente en el marco de las competencias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Entre sus fines se contempla promover la coordinación entre las distintas administraciones públicas, así como la integración, simplificación y agilización de los procedimientos de prevención y control en materia de calidad ambiental.

Asimismo, la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 4/2009, de 14 mayo, en relación a los plazos para que los ayuntamientos asuman la competencia en materia de calificación ambiental determina en su apartado 2, que los ayuntamientos que no vengan ejerciendo funciones de calificación ambiental, asumirán dichas competencias en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley, salvo que en dicho plazo soliciten y obtengan la dispensa a la que se refiere el artículo 78.4.

Efectivamente, el artículo 78.4 dispone en relación a la calificación ambiental que “los municipios a los que resulte imposible o muy difícil disponer de los medios técnicos o personales precisos, podrán solicitar de la Consejería con competencias en materia de medio ambiente la dispensa de la obligación de emitir el informe de calificación ambiental.

La Consejería con competencias en materia de medio ambiente, si estima fundada la petición, podrá alternativamente conceder la dispensa o poner a disposición del ayuntamiento los medios técnicos o personales que resulten necesarios, directamente o con la colaboración de la Federación de Municipios de la Región de Murcia”.

La Federación de Municipios de la Región de Murcia es una asociación constituida por los Municipios y demás Entidades Locales de aquélla, que voluntariamente lo decidan, de acuerdo con lo previsto en la Constitución Española, en el Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia y en la Ley de Régimen Local de la Región de Murcia. Entre sus fines se encuentran el fomento y la autonomía de las Entidades Locales y la realización de actuaciones encaminadas al mejor funcionamiento de los servicios públicos que por sus características sean comunes a todas las Entidades Locales, realizando entre otras funciones el asesoramiento a sus asociados en diversas materias. Dicha Entidad ha venido colaborando con la administración ambiental regional desde el año 2002 en labores como el fomento de la corresponsabilidad local en materia de medio ambiente y en la implantación de la Agenda Local 21, por ello, y como entidad que reúne y representa a los municipios de la Región, es el medio adecuado para gestionar el apoyo técnico a los mismos.

La finalidad de la concesión de la subvención es la de facilitar a la Federación de Municipios de la Región de Murcia el apoyo mediante medios técnicos y humanos a los municipios que obtengan la delegación de competencias en materia de calificación ambiental, a los municipios de menos de 20.000 habitantes que no tengan las competencias en materia de calificación ambiental y empiecen a ejercerlas a partir del 1 de enero de...

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