Decreto n.º 108/2012, de 27 de julio, de concesión directa de una subvención a la Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia (FREMM), titular del centro privado de formación profesional «Centro de Formacion FREMM», para la impartición de los ciclos formativos de «Joyería» y «Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos», para dos promociones a iniciar en el curso 2012/2013.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional establece que uno de los fines del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional es favorecer la inversión pública y privada en la cualificación de los trabajadores y la optimización de los recursos dedicados a la formación profesional, disponiendo que se promoverá la necesaria colaboración de las empresas con las Administraciones públicas, y que dicha colaboración se instrumentará mediante los oportunos convenios y acuerdos.

Asimismo, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su disposición adicional vigesimoctava que las Administraciones educativas podrán establecer convenios educativos con los centros que impartan ciclos formativos de formación profesional que complementen la oferta educativa de los centros públicos de acuerdo con la programación general de la enseñanza.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional establece que uno de los fines del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional es favorecer la inversión pública y privada en la cualificación de los trabajadores y la optimización de los recursos dedicados a la formación profesional, disponiendo que se promoverá la necesaria colaboración de las empresas con las Administraciones públicas, y que dicha colaboración se instrumentará mediante los oportunos convenios y acuerdos.

Asimismo, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su disposición adicional vigésimo octava que las Administraciones educativas podrán establecer convenios educativos con los centros que impartan ciclos formativos de formación profesional que complementen la oferta educativa de los centros públicos de acuerdo con la programación general de la enseñanza.

En la actualidad ningún centro público de la Región de Murcia imparte los ciclos formativos de Joyería y de Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos, por lo que resulta necesario complementar la oferta pública para estos títulos.

Por Orden de 18 de mayo de 2006 (B.O.R.M. n.º 134, de 13 de junio), el Centro de Formación FREMM, cuyo titular es la Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia (FREMM), obtuvo la autorización para el desarrollo los ciclos formativos de grado medio de Joyería y de grado superior de Desarrollo de Proyectos de Instalaciones de Fluidos, Térmicas y de Manutención.

El artículo 1.2 del Real Decreto 219/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el título de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos y se fijan sus enseñanzas mínimas, se establece que “Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la regulación del título de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones de Fluidos, Térmicas y de Manutención, contenida en el Real Decreto 2042/1995, de 22 de diciembre”, por lo que al adaptarse la regulación del ciclo desarrollado a la Ley Orgánica de Educación, debe adoptarse la nueva denominación.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, podrán concederse de forma directa, con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

El desarrollo sostenido con fondos públicos de los ciclos formativos de Joyería y Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos se enmarca dentro de los servicios de interés económico general de carácter social, vistas las necesidades de formación del tejido productivo de la Región de Murcia en dichos ámbitos de cualificación.

La Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dispone en su artículo 23.1 que únicamente podrán concederse subvenciones de forma directa en los casos previstos en el número 2 del artículo 22 de la Ley General de Subvenciones, y que los convenios a través de los cuales se canalicen estas subvenciones establecerán las condiciones y compromisos aplicables de conformidad con lo dispuesto en dicha Ley. Asimismo, en el artículo 23.2 dispone que el Consejo de Gobierno aprobará por Decreto las normas especiales reguladoras de las subvenciones contempladas en el párrafo c) del apartado 2 del artículo 22 de la Ley General de Subvenciones.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Formación y Empleo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de julio de 2012,

Dispongo

Artículo 1 – Objeto y carácter.
  1. Por el presente decreto se establecen las normas especiales reguladoras de una subvención cuyo objeto es el desarrollo de una promoción a iniciar en el curso 2012/2013 de los ciclos formativos de Joyería y de Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos, en el centro privado de Formación Profesional «Centro de Formación FREMM», durante los cursos académicos 2012/2013 y 2013/2014.

  2. La subvención tendrá carácter singular y se concederá de forma directa mediante convenio, al amparo de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad...

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