Orden de 17 de febrero de 2012, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se hace pública la relación de oficinas de atención al ciudadano de la Administración Pública de la Región de Murcia y se establece la localización, días y horario de apertura de cada una de ellas.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

El artículo 38 apartado 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que cada Administración pública establecerá los días y el horario en que deban permanecer abiertos sus registros, estableciendo, en el apartado 8 del mismo artículo, la obligación de las distintas Administraciones de hacer pública y mantener actualizada una relación de las oficinas de registro, tanto propias como concertadas, así como los horarios de funcionamiento.

En el ámbito regional, la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en su artículo 32 prevé que para la debida constancia de cuantos escritos o comunicaciones se reciban o expidan por la Administración pública de la Comunidad Autónoma existirá un sistema unificado de registro que contará con las unidades necesarias para hacer real y efectivo el principio de proximidad a los ciudadanos.

De conformidad con ello, el Decreto 236/2010, de 3 de septiembre, de Atención al ciudadano en la Administración Pública de la Región de Murcia, regula en el Título III la Atención Presencial, otorgándola a las que denomina Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano, distinguiendo entre las generales y las especializadas y regulando las funciones de las mismas, entre las que se prevén, las de registro de escritos, comunicaciones y solicitudes. En este sentido dispone el artículo 31.1 de este Decreto que, para garantizar los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas, la Consejería competente en materia de atención al ciudadano, mediante Orden, publicará anualmente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el listado de Oficinas de Atención al Ciudadano. La Orden especificará la localización y horario de apertura de cada una de ellas, determinando si son generales o especializadas, e indicando, en este último caso, su ámbito competencial.

En su virtud, de conformidad con el Decreto n.º 142/2011, de 8 de julio, por el que se establecen los Órganos directivos de la Consejería de Economía y Hacienda que ostenta, entre otras, la competencia en materia de organización administrativa, inspección y calidad de los servicios.

Dispongo

PRIMERO.-.Relación de Oficinas de Atención al Ciudadano en la ciudad de ??Murcia.

  1. Publicar, en el Anexo I de la presente Orden, la relación de Oficinas Corporativas...

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