Decreto n.º 55/2011, de 29 de abril, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Responsabilidad Social Corporativa de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Tomando en consideración las definiciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se puede afirmar que la responsabilidad social corporativa es el conjunto de acciones que toman en consideración las empresas y corporaciones para que sus actividades tengan repercusiones positivas sobre la sociedad. Esta contribución activa y voluntaria al mejoramiento social, económico y ambiental por parte de las empresas y corporaciones, que generalmente en el caso de aquellas coincide con el objetivo de mejorar su situación competitiva y su valor añadido, merece, como no podría ser de otra manera, una atención preferente por parte de los poderes públicos.

El Estado, a través de las distintas Administraciones Públicas, debe de jugar un papel fundamental en el impulso de una adecuada Responsabilidad Social Corporativa, ya que tiene la capacidad de complementar la autorregulación de las políticas voluntarias de las empresas y corporaciones en las cuestiones que afecten a los bienes públicos globales. Las Administraciones Públicas, por lo tanto, tienen la responsabilidad de involucrarse y asumir un papel más activo en la implantación de la Responsabilidad Social Corporativa, a través de la combinación de una serie de normas de intervención y de promoción.

El II Pacto por la Estabilidad en el Empleo de la Región de Murcia dedica un capítulo específico a la cuestión y recoge el sentir unánime de los agentes sociales más representativos y de la Administración Autonómica de promoción de su implantación.

Dado el carácter transversal de la Responsabilidad Social Corporativa, la cual afecta a todos los departamentos de la Administración Autonómica, se hace imprescindible articular un órgano que permita una actuación efectiva y concertada de medios y esfuerzos para la acción común que supone la promoción y la implantación de la misma.

Los objetivos señalados determinan la necesidad de coordinar las actuaciones de las Administraciones competentes en la materia, en concreto en los departamentos con competencias en cuestiones laboral, sanitaria, de industria, educación, economía, medio ambiente, y política social. En todas estas materias, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, la Comunidad Autónoma ha asumido las competencias por haberle sido transferidas o delegadas por el Estado.

Este Decreto encuentra su amparo en el artículo 10.uno.1 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia al determinar que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva sobre “organización, régimen jurídico y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno” que reconoce con carácter expreso la potestad de autoorganización de la Comunidad Autónoma, y por otro en los artículos 10, 23 y 24 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por lo que afecta a la creación de los órganos de la Administración Publica de la Comunidad Autónoma, y mas concretamente de sus órganos colegiados.

Por todo lo anterior, a iniciativa del titular de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, y a propuesta conjunta del mismo y del titular...

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