Ley 13/1986, de 23 de diciembre, de crédito extraordinario y suplemento de crédito, para financiación del Plan adicional II del Plan de Obras y Servicios de 1986, de la adquisición de bienes inmuebles y para la concesión de subvenciones a Corporaciones Locales.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorPresidencia
Rango de LeyLey
Número 299 Miérco
l
es, 31
d
e
d
icie
m
bre
d
e
198
6 P
á
gi n
a 539
1
5
. La recepción de las obras de urbanización, instalacio-
nes y dotaciones tendrá caracter provisional durante un año
desde el día siguiente a la formalización del acta correspon-
diente, o a la fecha en que se entiende aprobada por siléncio
adminis
tr
ativo
. Si durante el mes siguiente al citado plazo, el
ayuntamiento no hubiera comunicado por esc
ri
to al promo-
tor los defectos obse
rv
ados en las obras de urbanización, ins-
talaciones y dotaciones, éstas obras se
considerarán
recibidas
definitivamente
.
Si por el contrario, se advi
rt
ieran estos
'
de-
fectos dentro del mencionado plazo de un mes, no se exten-
der
á
el acta de recepci
ó
n definitiva hasta que no h
u
bieran si
-
do corregidos
. Tambié
n
se
considerarán
definitivamente reci
-
bidas las obras de urb
an
ización, instalaciones y dotaciones,
si transcurrido un
mes
desde la notificaci
ó
n al Ayuntamiento
de haberse subsanado por el p
ro
motor los reparos expuestos,
o se hubiese pronunciado de forma expresa la Administra-
ción
.
Art
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Ayuntamiento
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provisionalmente
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qu
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esté previsto en el
Plan
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do en este caso, el plazo oport
u
no
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5006 LEY 13/1986,
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de 1986
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ra la concesión de subve
n
ciones a corporacio
n
es
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El Presi
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e
l
a
R
egión
d
e
Mur
ci
a
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Mur-
cia,
que
la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 13/1986,
de 23 de diciembre, de crédito extraordinario y suplemento
de crédito, para financiaci
ó
n del Pl
an
Adicional II del Plan
de Obras y Servicios de 1986, de la adquisición de bienes in-
muebles y,para la con
ce
sión de subvenciones a corporaciones
locales
.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30
.
Dos, del Es-
tatuto de
.4utonomía, en nomb
re
del Rey, promulgo y orde-
no
la
publicaci
ó
n de la siguiente Ley
:
Dentro de la normal ejecución de los Presupuestos Ge-
nerales de la Comunidad A
u
tónoma de la Región de Murcia
para 1986, se ha pro
d
ucido la nec
e
sid
ad
d
e realizar
u
na serie
de gastos no previstos en el momento de su elaboración
.
Se
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A
En el pla
z
o de un año desde la entrada en vigor de la pre
-
sente Ley, la Consejería de Política Territorial y Obras Públi
-
cas
elaborará,
con audiencia de los Ayuntamientos afectados,
un Catálogo de Urbanizaciones Ilegales
existentes
en la Re-
g
i
ón
.
Por Ley se regular
á
n las actuaciones procedentes en vis-
ta del expre
s
ado Catálogo
.
DI
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Públicas, la cuantía de las multas establecidas a la evolución
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l ín
dice
general ponderado de precios a
l
por mayor publicado por el
Instituto
N
acio
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E
s
ta
st
i
c
a
.
Tercera
La presente Ley entrará en vigor una vez transcurrido
s
veinte días naturales a contar del siguiente al de su publica-
ción en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia»
.
Por tanto ordeno a todos los ciudadanos a los que sea
de aplicación esta Ley, que la cumplan, y a los Tribunales y
Autoridades que correspondan, que la hagan cumplir
.
Murcia, 20 de diciembre de 1986
.-El Presidente, Car-
los Co
ll
a
d
o
M
e
n
a
.
Estos se concreta
n
en la necesidad de
:
1
.-Ejecutaz el Plan Adicion
al
II, del de obras y servi-
cios de 1986, teniendo en cuenta la comunicación del Minis-
terio para las Administraciones Públicas que tuvo entrada en
es
ta Consejería
el
veintidós
de octubre del corriente, informan-
do el otorgamiento de una subvención de 27
.597
.425 pesetas,
para la formalización de un Plan Adicional al de 1986, con
destino a obras de abastecimiento de agua y alcan
ta
ri
ll
ado en
barriadas periféricas y núcleos
secundarios
en municipios ma-
yores de 20
.000 habitantes
; se elaboró el citado Plan confor-
me al Real Decreto 1
.673
/
81, de tres de julio, regulador de
dichos planes, que asciende a un
total
de 103
.490
.347 pese-
tas, financiado con la referida subvenció
n, las aportaciones
municipales por importe de 34.496.784 pesetas, y el préstamo
a con
ce
rtar con el Banco de Crédito Local de España por im-
po
rt
e de
41
.396 .138
pesetas, a cuya con
ce
sión se subordina
la efectividad del Plan; habiéndose aprobado el mismo por
acuerdo del Consejo de Gobierno del día 7 de noviembre del
corriente
.
2
.-Ejercitar durante el p
re
sente año, de una
parte,
la
opción de compra de los locales ar
re
ndados al Colegio de Arv
quitectos, cuya obligación para este ejercicio asciende a
6
.410
.000 pesetas, y, de otra, la acción de retracto sobre el
inmueble donde se ubica la Imp
re
nta Regional, fijado su p
re-
cio por sentencia del Juzgado de Primera Instancia núme
ro
Dos de Murcia, de fecha 3 de noviembre de 1986, en
6
.578
.751
pesetas, con lo que se mejora
sustancialmente
la situaci
ó
n pa-
trimonial de la Comunidad Autónoma
.
3
.
-Colaborar financieramente en la elaboración del Pa-
drón de los Municipios de la Comunidad Autónoma de la Re-
gión de Murcia, en la
líneade cooperación con los ayunta-
mientos y, simultáneamente, conseguir una mejor base de in-
formación en el Banco de Datos Regional
.
4
.-La financiación de estos gastos extraordinarios no
previstos
en el
Presupuesto
y racionalmente no previsibles, se
ha procurado
llevar
a cabo con minoraciones de otras parti-
das de créditos consignados ya en el P
re
supuesto vigente ya
de créditos
incorporados,
con lo que, en
definitiva,
y salvo
la financiación
complementaria
del Plan de Obras y Serv
icios,
se
mantiene
el crecimiento del gasto
público
del
ejercicio
den
-
tro de los límites p
re
supuestarios globales
.
P
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.
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blicado
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9
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.
Se concede un crédito ex[raordinazio por importe de
6
.578
.751 pesetas al Presupuesto en vigor de la Comunidad
Autónoma correspondiente al Programa 6
11 A
(Dirección y
Servicios Generales), Sección 13 (Consejería de Hacienda y
Administración Pública), Servicio
01
(Secretaría General Téc-
nica), Artículo 66
: "Adquisición de locales para la Imprenta
Regional", Concepto 662
: "Edificios y otras construcciones"
.
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.
Su financiación co
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.000.000
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esetas
.
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S
PO
S
I
C
IO
N F
I
NAL
La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su pu-
blicación en el «Boletín Oficial de la Región de Mumia»
.
Por tanto ordeno a todos los ciudadanos a los que sea
de aplicación esta Ley, que la cumplan, y a los Tribunales y
Autoridades que correspondan, que la hagan cumplir
.
M
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, 2
3 d
e diciem
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e 1986
.-El
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.
Habiéndose produci
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exto de
la Ley 11/1986, de
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ublicada en el «Boletín
Oficial
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e la Región de Murcia» n
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l
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e motivos
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la Comunidad
Autónoma
de la Región de
Mur
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egión de Muo-
cia, que la Asamblea
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ado la Ley 11/1986,
de
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la que se crea el Instit
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Sociales de la Región de Murcia
.
Por consig
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te, al amparo del artículo 30
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Es-
tatuto de Autonomía, en nombre del
R
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licación de la siguiente
L
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Consejería de Sanidad,
Consumo y Servicios Sociale
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4936 CORR
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de la Orden de la
Conse-
jería
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S
anidad
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de 16 de dici
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de otorgamiento d
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de la Regi
ó
n para el mantenimiento de
centros
de orientación y planificación familiar
.
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dose advert
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a transcripción de la Or-
den de esta Conse
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ería
d
e fecha 16
d
e diciembre de 1986, pu-
blicada en e
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Boletín Oficial de la
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egió
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del
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d
el mismo
mes y año, se hace necesa
r
io rectificar el apartado C) de la
Disposició
n
Primera, dela sig
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tros de Or
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M
urci
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, 23
d
e
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iciem
bre de 1986
.-El Consejero,
Ricar-
do Candel Parra
.

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