Ley 5/1984, de 14 de noviembre, de modificación de Presupuestos Generales de la Comumidad Autónoma de la Región de Murcia para 1984.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorPresidencia
Rango de LeyLey
Número 265
Murcia, 19 de noviembre de 1984
Página 361
1
1
.
Comunidad Autónom
a
1
. Disposiciones generale
s
Presidenci
a
dificación de Presupuestos Generales de
la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia para 1984
.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD
AUTONOMA DE LA REGION DE MURCI
A
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Re-
gión de Murcia que la Asamblea Regional ha apro-
fi
-
cación de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia para 1984
.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30
.2
del Estatuto
de Autonomía, en nombre del Rey
,
promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
Ley
:
no sobrepase el de 31 de diciembre de 1985 y sin
perjuicio de lo que disponga la Ley de Presupues-
tos para 1985, aplicándose al Presupuesto que legal-
mente proceda»
.
DISPOSICION FINA
L
La presente Ley entrará en vigor el mismo día
de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región
de Murcia»
.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los
que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan, y
a los tribunales y autoridades que corresponda, que
la hagan cumplir
.
Murcia, 14 de noviembre de 1984
.-El presiden-
te, Carlos
Collado Mena
.
941 LEY
modi-
ficación
del enunciado de la partida 14
.01
.
752 del Presupuesto de 1984
.
=POSICION
DE MOTIVO
S
En el Presupuesto de Gastos de la Comunidad
Autónoma para el ejercicio de 1984 fueron incor-
porados determinados créditos que amparaban
compromisos de gastos contraídos en anualidades
anteriores, al no haber podido ser realizados en
el anterior ejercicio
. Actualmente existen algunos
cases de imposibilidad material para su total eje-
cución en el presente ejercicio
. Ello es debido, de
una gran parte, a la demora en la aprobación d
e
la vigente Ley de Presupuestos Generales de la Co-
munidad Autónoma que no entró en vigor hastD
el mes de junio y, de otra, a la fecha en que se han
efectuado las últimas transferencias de la Admi-
nistración Central
.
Y teniendo en cuenta que la mayor parte de los
referidos gastos corresponden a ejecución de obras
cuya realización es de gran importancia por la
función inversora que representa para la Comuni-
dad Autónoma, y que su paralización y posible
iniciación de los trámites administrativos nueva-
mente en un próximo ejercicio supondría una gra
ve demora sobreañadida a la que ya sufren, se
considera muy conveniente establecer la vía legal
que permita, con carácter de excepción, incorpo-
rar los referidos créditos al Presupuesto del próxi-
mo ejercicio
.
Artículo único
.
Se modifica la Ley 1/1984, de 30 de mayo, de
Presupuestos de la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia para 1984, añadiendo al
artícu-
lo
16, Normas de Contabilidad Pública, un nuevo
apartado con el siguiente
texto
:
«4
. Se autoriz•a, al
órgano competente, para contratar
obras, servicios
y suministros con cargo a créditos incorporados al
Presupuesto de
1984, aunque su plazo de ejecución
exceda de 31 de diciembre de 1984, siempre que
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD
AUTONOMA DE LA REGION DE MURCI
A
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región
de i\lurcia que la Asamblea Regional ha aprobado
1
_
1
del enunciado de la partida 14
.01
.752 del Presupues-
to de 1984
.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30
.2 dei
Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promul-
go y ordeno la publicación de la siguiente Ley
:
EXPOSICION DE MOTIVO
S
En los Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma
de la Región de Murcia, aprobados por
Ley Regional
1/1984, de 30 de mayo,
fi
gura 1•a par-
tida 14
.01
.752 con el enunciado «A Corporacio-
nes Locales, para ejecución de 4? fase Plan de Cons-
trucción de Bibliotecas Públicas» con un importe
de 26
.000
.000 de pesetas
.
Dado que la 4° fase del Pl
an
comp
re
nde tanto
la construcción de edificios como la adquisición de
mobiliario y equipamiento inicial de las nuevas bi-
bliotecas, procede modi
fi
car dicho enunciado en el
sentido de que quede incluida, en el mismo, la men-
cionada adquisición de mobi
li
ario
y
equipamiento
.-
Artículo único
.
Se modifica el enunciado del crédito consignado
en el Presupuesto en vigor en la Sección 14, «Con-
sejería de Cultura y Educación»
; Servicio 01 «Con-
sejería y Servicios Generales»
; Capítulo
7 «Transfe-
rencias
Corrientes», Artículo 75 «Entes Territoria-
les»; Concepto
752, «A
Corporaciones Locales, para
ejecución de 4
~a
fase Plan de Construcción de Bi-
bliotecas Públicas», el cual queda redactado del si-
guiente modo
: «A Corporaciones Locales para cons-
trucción, adquisición de mobiliario y equipamiento
de Bibliotecas Públicas
(
4' fase)»
.

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