Orden de 30 de marzo de 2012 de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se aprueban los Modelos de Autoliquidación correspondientes al Impuesto sobre Instalaciones que incidan en el Medio Ambiente de la Región de Murcia, y se determina el lugar, forma y plazos para su pago y presentación.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejeria de Economia y Hacienda |
Rango de Ley | Orden |
La Ley 7/2011, de 26 de diciembre de Medidas Fiscales y de Fomento Económico en la Región de Murcia, crea y regula el Impuesto sobre Instalaciones que incidan en el Medio Ambiente de la Región de Murcia. La aplicación del impuesto exige la aprobación de las normas de procedimiento en cuanto a la gestión y recaudación del mismo, incluidas las relativas al cumplimiento de las obligaciones formales por parte de los sujetos pasivos. La competencia para ello viene atribuída en el artículo 6. catorce c) de la Ley a la Consejería competente en materia de Hacienda
La gestión del impuesto se lleva a cabo mediante autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria por el sujeto pasivo en el mes siguiente a la fecha de devengo. Si bien el periodo impositivo es anual, devengándose el 31 de diciembre de cada ejercicio, salvo en caso de cese de la actividad, no obstante, la Ley 7/2011 contempla un régimen de autoliquidación y pago a cuenta anticipado del impuesto, con carácter trimestral.
Resulta necesario, por tanto, aprobar los modelos de autoliquidación correspondientes así como el procedimiento para el pago de las cuotas del impuesto y presentación de las correspondientes autoliquidaciones. A fín de facilitar el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales a los sujetos pasivos del impuesto y, teniendo en cuenta la circunstancia de tratarse de un impuesto dirigido a un limitado número de contribuyentes a los que se considera dotados de la suficiente capacidad de acceso a los medios tecnológicos precisos, se ha optado por un procedimiento de tramitación telemática en todas sus fases, en los términos previstos en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 9 de mayo de 2003, por la que se regula el procedimiento general para el pago y presentación telemática de declaraciones y con carácter obligatorio, en base a la facultad atribuida a dicha Consejería por el artículo 10.uno.2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de tributos cedidos.
En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 7/2011, de 26 de diciembre de Medidas Fiscales y de Fomento Económico en la Región de Murcia, de acuerdo con el Consejo Jurídico de la Región de Murcia.
Dispongo
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