Decreto n.º 19/ 2005, de 9 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Trabajo y Política Social.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La reciente asunción de competencias en materia de Políticas activas de Empleo, así como la ampliación de las que ejercíamos en materia de formación, perfila un nuevo y complejo panorama en el ámbito de la Administración Regional en el área laboral.

Estos cambios han supuesto que nuestra Comunidad tenga competencia exclusiva en el diseño de las políticas activas de empleo y asuma la labor de intermediación en el mercado de trabajo, es decir, nos permite gestionar, de forma coordinada, las políticas de fomento de empleo, orientación y formación.

En este sentido, se ha producido un notable aumento del volumen de responsabilidad política que ha adquirido el área laboral, donde existen diversos foros comunes de debate con los agentes sociales en los que se adoptan decisiones que atañen a la propia configuración del mercado de trabajo regional, desde la triple vertiente de la seguridad laboral, el empleo y la formación, y las relaciones laborales.

Aparece así un objetivo político común que exige de un impulso uniforme en la consecución de objetivos y en la ejecución de proyectos, que aconsejan elevar el rango jerárquico del titular de la Dirección General de Trabajo.

Por tanto, a iniciativa de la Consejera de Trabajo y Política Social, a propuesta del Presidente, a tenor de lo dispuesto en los artículos 22.16 de la Ley 6/ 2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno, y 14.1 de la Ley 7/ 2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Murcia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 9 de septiembre de 2005, Dispongo

Artículo primero
  1. -La Consejería de Trabajo y Política Social es el departamento de la Comunidad Autónoma de Murcia competente para proponer, desarrollar y ejecutar las funciones y directrices del Gobierno, en materia de trabajo, empleo mediante la intermediación y orientación laboral, fomento de políticas activas de empleo y la formación, asistencia y bienestar social, desarrollo comunitario, política infantil y de la tercera edad, instituciones de protección y tutela de menores, respetando, en todo caso, la legislación civil, penal y penitenciaria, promoción e integración de los inmigrantes, discapacitados, emigrantes y demás grupos...

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