Orden de 14 de junio 2018 sobre pago de la cuota complementaria a los propietarios de los terrenos incluidos en la Reserva Regional de Caza de Sierra Espuña.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

    Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente

    4089 Orden de 14 de junio 2018 sobre pago de la cuota complementaria a los propietarios de los terrenos incluidos en la Reserva Regional de Caza de Sierra Espuña.

    La actual Reserva de Caza de Sierra Espuña fue creada por la Ley 2/1973, de 17 de marzo, de creación de trece reservas nacionales de caza y su funcionamiento quedó regulado por Decreto 2612/1974, de 9 de agosto, por el que se reglamenta el funcionamiento de las Reservas Nacionales de Caza, modificado por Real Decreto 891/1979, de 26 de enero.

    Una vez transferida la Reserva Nacional de Caza a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se creó la Junta Consultiva de la Reserva de Sierra Espuña, mediante el Decreto nº 40/1985, de 5 de junio de 1985, con el fin de organizar el funcionamiento de la citada Reserva.

    Finalmente la Ley 7/2003, de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia, a través de la disposición adicional cuarta cambió la denominación de la Reserva Nacional de Caza de Sierra Espuña, pasándose a llamar Reserva Regional de Caza de Sierra Espuña.

    La Reserva Regional de Caza se compone de 788 titulares y una superficie de creación de 14.183 ha. La distribución de la propiedad de los terrenos que componen la Reserva es: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 8.736 ha (61,6%), Ayuntamiento de Totana 250 ha (1,76%), Ayuntamiento de Mula 700 ha (4,94%) Ayuntamiento de Alhama 75 ha (0,53%) y propietarios particulares 4.420 ha (31,17%). Cuarenta propietarios tienen superficies mayores de 10 hectáreas y suponen el 94% de la superficie.

    Visto el informe emitido por la Subdirección General de Política Forestal, en el que se indica la necesidad de proceder al abono de las cuotas complementarias de las temporadas 2010/2011, 2011/20012, 2012/2013, 2013/2014, conforme a lo establecido en el artículo octavo, apartado e) del Decreto 2612/1974, de 9 de agosto, en la redacción dada por el Real Decreto 891/1979.

    Teniendo en cuenta que la distribución propuesta fue aprobada por la Junta Consultiva de la Reserva Regional de Caza de Sierra Espuña, que la Orden de 30 de septiembre de 2016, por la que se convocaba a los propietarios de los terrenos incluidos en la Reserva Regional de Caza de Sierra Espuña a solicitar el pago de la cuota complementaria (BORM nº 235, de 8 octubre), fue anulada por otra posterior de 16 de enero de 2017, retrotrayéndose el procedimiento para que se concrete en la parte dispositiva...

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