Orden de 16 de abril de 2018 de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se implantan enseñanzas de bachillerato en la modalidad de artes, en doce Institutos de Educación Secundaria de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Juventud y Deportes

2914 Orden de 16 de abril de 2018 de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se implantan enseñanzas de bachillerato en la modalidad de artes, en doce Institutos de Educación Secundaria de la Región de Murcia.

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el capítulo IV del título I, organiza el bachillerato en diferentes modalidades: Ciencias, Humanidades y Ciencias Sociales y Artes. El Decreto 221/2015, de 2 de septiembre establece el currículo del bachillerato en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La diversidad de intereses de los alumnos y las familias debe propiciar la necesaria flexibilidad en la red de centros educativos públicos de la Región de Murcia. De este modo, además de contribuir de manera efectiva a la consecución del éxito escolar según los intereses y capacidades de cada uno, se contribuirá a la reducción de las tasas de abandono escolar, proporcionando un bachillerato de calidad y acorde con las nuevas posibilidades profesionales de los itinerarios educativos.

Atendiendo a la planificación de la distribución territorial de oferta educativa realizada por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, se considera necesario que los alumnos de la Región de Murcia cuenten, al menos, con un centro educativo dentro de su zona geográfica donde poder cursar el Bachillerato de Artes, con el objeto de atender las demandas de escolarización en sus distintas modalidades.

En virtud de la propuesta de la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, en relación con el artículo 3 del Decreto 221/2015, de 2 de septiembre, por el que se establece el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, los centros docentes que impartan bachillerato ofertarán las modalidades previstas, previa implantación, en el caso de los centros públicos, por parte de la consejería competente en materia de educación.

Queda acreditado en el expediente el cumplimiento de los requisitos mínimos de espacios e instalaciones establecidos en Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (B.O.E. del 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación...

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