Orden de 2 de octubre de 2018, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se establece el plazo máximo de ejecución de las actuaciones y el plazo máximo de justificación de las ayudas en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas declaradas en la Región de Murcia en el marco del Plan Estatal 2013-2016 y su prórroga.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Otras disposiciones

Consejería de Fomento e Infraestructuras

5992 Orden de 2 de octubre de 2018, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se establece el plazo máximo de ejecución de las actuaciones y el plazo máximo de justificación de las ayudas en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas declaradas en la Región de Murcia en el marco del Plan Estatal 2013-2016 y su prórroga.

Al amparo del Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, y el Plan Regional de Rehabilitación y Vivienda 2014-2016, prorrogados durante el año 2017, se suscribieron acuerdos de financiación con fechas 23 de octubre de 2014, 17 de diciembre de 2014, 19 de octubre de 2015, 28 de marzo de 2016, y 25 de octubre de 2017, para la realización conjunta de obras de rehabilitación de edificios y viviendas, renovación, reurbanización de los espacios públicos y otros aspectos específicos entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y los Ayuntamientos respectivos, destinados a la Regeneración y Renovación Urbanas de “Abarán”, “Albudeite”, “Casco Urbano de Alcantarilla”, “Alto Palomo en Blanca”, “Cartagena”, “Centro Urbano de Cartagena”, “Casco Urbano de Cehegín”, “Ceutí”, “Fortuna”, “Casco Urbano de Lorca”, “Lorca II”, “Lorquí”, “Mula, Los Baños, La Puebla y Fuente Librilla”, “Casco Urbano de Ojós y Partido de La Cuna”, “Zona Comercial y de los Accesos al Municipio de Puerto Lumbreras”, “Municipio de Santomera”, “Torre Pacheco”, “Totana” y “Municipio de la Unión”.

Mediante Órdenes de la Consejería competente en materia de vivienda se aprobaron las bases reguladoras y las convocatorias de subvenciones destinadas a la rehabilitación y la reconstrucción de edificios y viviendas en las que se establecía el plazo máximo de ejecución de las actuaciones y el plazo máximo de justificación de las ayudas.

Tras haberse suscrito con fecha 29 de mayo de 2018 Adendas para la modificación de los Acuerdos de Comisión Bilateral, por las que el período de duración de las actuaciones se modifica de conformidad con lo previsto en la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, procede adaptar los plazos citados.

El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, aprobado por Ley...

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