Orden de 21 de marzo de 2016, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se configuran, modifican y suprimen opciones de los Cuerpos y Escalas de la Administración Regional.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Autoridades y Personal

    Consejería de Hacienda y Administración Pública

    2824 Orden de 21 de marzo de 2016, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se configuran, modifican y suprimen opciones de los Cuerpos y Escalas de la Administración Regional.

    El artículo 1 del Decreto 32/1998, de 4 de junio, configuró Opciones, en los distintos Cuerpos y Escalas de la Administración Pública Regional, con indicación de la titulación requerida para el ingreso en las mismas. Dichas Opciones y titulación requerida se contienen en el Anexo de ese Decreto.

    Tras la efectiva implantación en España de las nuevas titulaciones universitarias derivadas del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), surgido de la Declaración de Bolonia, procede adaptar las titulaciones de acceso a los Cuerpos, Escalas y Opciones de los Subgrupos A1 y A2 del Grupo A de clasificación profesional del personal funcionario de carrera, para ajustarlas a lo previsto en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En este sentido es necesario modificar el Anexo del Decreto 32/1998, de 4 de junio.

    Por otra parte, es conveniente adaptar las Opciones existentes en la Administración Pública Regional a las necesidades cambiantes de los servicios que se prestan, lo que implica la supresión de algunas Opciones como la de Verificación Técnica del Cuerpo de Técnicos Especialistas, o la de Guardamuelles del Cuerpo de Técnicos Auxiliares, la modificación de otras como la de Técnico Ambiental, con su nueva denominación de Ambiental, que se adscribe directamente al Cuerpo Superior Facultativo, o la Opción Sanitaria del Cuerpo de Técnicos Auxiliares que pasa a denominarse Cuidados Auxiliares de Enfermería, más ajustada a la titulación específica correspondiente, y en fin la creación dentro de la Escala Superior de Salud Pública del Cuerpo Superior Facultativo la Opción Psicología Clínica.

    Se ha procedido, como medida acorde con el Plan de Igualdad de la Administración Regional, a modificar la denominación de aquellas Opciones que hacían referencia a uno de los géneros para adoptar una más adecuada con los criterios de lenguaje no sexista, manteniendo aquellas denominaciones que por su terminación valen tanto para el masculino como para el femenino.

    En virtud de la facultad conferida por la Disposición Final Primera del Decreto 32/1998, de 4 de junio, para la configuración, modificación y supresión de Opciones en los distintos Cuerpos de la Administración Pública Regional, y según lo dispuesto en los artículos 12 y 19.5 del Texto Refundido de la Ley de Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, previa negociación con las Organizaciones Sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Administración y Servicios, y previo informe del Consejo Regional de la Función Pública,

    Dispongo:

    Primero.

  2. Modificar la titulación requerida para el acceso a las Opciones configuradas en la Administración Regional en el Cuerpo Superior Facultativo (Grupo A-Subgrupo A1) y sus Escalas, y en el Cuerpo Técnico (Grupo A-Subgrupo A2), y sus Escalas, en los términos establecidos en el Anexo I de esta Orden.

  3. Dichas modificaciones se incluirán, actualizándolo, en el Anexo I del Decreto 32/1998, de 4 de junio, por el que se configuran opciones en los distintos cuerpos de la Administración Pública Regional, se establecen medidas de fomento de promoción interna, y se modifica el Decreto 46/1990, de 28 de junio.

    Segundo.

  4. Cambiar la denominación de la Opción Sanitaria del Cuerpo de Técnicos Auxiliares por la de Cuidados Auxiliares de Enfermería.

  5. Cambiar la denominación de las Opciones Inspector Farmacéutico, Inspector Médico, Conservador de Museos, Técnico Ambiental, Subinspector de Enfermería y Técnico Valorador de Dependencia por las siguientes: Inspección Farmacéutica, Inspección Médica, Conservación de Museos, Ambiental, Subinspección de Enfermería y Valoración de Dependencia.

  6. ...

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