Orden de 29 de junio de 2017, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se nombran con carácter extraordinario directores en centros docentes públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorAgencia Tributaria de la Región de Murcia
Rango de LeyOrden
  1. Comunidad Autónoma

  1. Autoridades y Personal

Consejería de Educación, Juventud y Deportes

4782 Orden de 29 de junio de 2017, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se nombran con carácter extraordinario directores en centros docentes públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, de 19 de mayo de 2014, modificada por la Orden de la Consejería de Educación y Universidades de 22 de marzo de 2017, estableció las bases del procedimiento para la selección y nombramiento de directores de centros docentes públicos en el ámbito de gestión de esta Comunidad Autónoma.

Por Orden de la Consejería de Educación y Universidades de 23 de marzo de 2017 se convocó procedimiento para la renovación del nombramiento de directores y concurso de méritos para la selección y nombramiento de directores de centros docentes públicos en el ámbito de gestión de esta Comunidad Autónoma. Por Orden de 27 de junio de 2017 de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes se publica la relación de Directores que obtienen renovación de su nombramiento, así como la relación de seleccionados en el concurso de méritos para la selección y nombramiento de directores. No obstante, en el desarrollo de este procedimiento han quedado centros de los convocados en la Orden de 23 de marzo de 2017 donde no ha sido posible nombrar director.

La Orden de 19 de mayo de 2014 establece, en su base decimotercera que, en ausencia de candidatos, en el caso de nueva creación o cuando la comisión correspondiente no haya seleccionado ningún aspirante, el director general competente en materia de recursos humanos nombrará director, por delegación del consejero competente en materia de educación, por un período de cuatro años a un profesor funcionario.

Asimismo, resulta necesario nombrar director en centros donde se producirá el cese del director actual por alguno de los supuestos previstos en las letras b), c) y d) del punto 1 de la base decimocuarta de la Orden de 19 de enero de 2014.

En consecuencia, y en su virtud.

Dispongo:

Primero.- Aprobar la relación de profesores de centros docentes públicos del ámbito de esta Comunidad Autónoma nombrados directores con carácter extraordinario que figura como Anexo I a la presente Orden. Estos directores son nombrados por un período de cuatro años con efectos 1 de julio de 2017 y cese 30 de junio de 2021.

Estos...

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